CP Octubre22

Las PyMES y el valor razonable C.P.C. Antonio Vera Salazar Director del Despacho Vera Diz y Compañía, S.C. tonovera@veradiz.com Tenemos en la actualidad amplia información disponible acerca de lo que se entiende como valor razonable, pero siempre es importante analizar por qué y para qué surgió este término, si tan a gusto que vivíamos cuando solo nos interesaba, cuánto había costado un activo, gasto o inversión, y sobre ese valor podíamos analizar la situación de una empresa o entidad, por ello recordemos los distintos costos que tenemos. Veamos un cuadro sinóptico de su clasificación, la cual que se encuentra en la NIF A-6 en vigor, en el Apéndice B, diagrama 2, como sigue: Esquema 1. Clasificación de los distintos tipos de valores El cuadro 1 se muestra como recuerdo de lo que hemos venido respetando como guía, de acuerdo con la normatividad vigente, ya que todos estos conceptos tienen un uso, dependiendo de qué actividad estamos realizando y para qué la pretendemos llevar a cabo. Sin embargo, después de 16 años de esta norma, se actualizará con la nueva normatividad del Marco Conceptual, auscultada en 2021, para continuar con la convergencia de las Normas de Información Financiera (NIF), con las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) y para efectos de nuestro tema, las bases de valuación, se propone una clasificación de una manera más clara, atendiendo a la modernidad de las situaciones financieras actuales. Ver esquema 2. Esquema 2 Debido a que vivimos en una economía cambiante, el éxito de una empresa ya no solo depende de los directivos, sino de que debemos considerar factores externos de manera importante para guiar la marcha de la empresa, resulta conveniente analizar los costos procedentes del precio de adquisición con lo que contabilizamos y valores actuales, que reflejan cambios de valores, para análisis de alternativas en caso necesario y mantener al negocio con posibilidades de negocio en marcha. Por lo anterior, surge la inquietud de tener presente y revisar un poco el tema de valor razonable, recordemos que ya tenemos una NIF específica en vigor a partir de enero de 2018, la NIF B-17, Determinación del valor razonable, que nos guía en cómo definirlo y determinarlo, y establece un estándar de revelaciones sobre su determinación, aplicable cuando otras NIF requieren o permiten valuaciones y revelaciones de valor razonable. Desde luego, cada NIF en particular establece cuándo debe reconocerse o revelarse, aunque en lo general podemos comentar que para las PyMES que no apliquen en su conjunto las NIF, se llega a tener la necesidad de análisis particular del valor razonable para cualquiera de dos propósitos importantes: a) uso normal de la información financiera y toma de decisiones estratégicas, y b) en momentos críticos, por tener amenazas ante situaciones de fuerza mayor o casos fortuitos. CONIF CONIF 64 65

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