Revista Contaduría Pública Septiembre 2022

c) el importe que podría obtenerse por la venta de todos los activos de la entidad y la liquidación de todos sus pasivos. Secuencialmente, el marco conceptual trata capítulos relativos a la presentación y revelación de la información financiera, donde solo seleccionamos los aspectos aplicables al negocio que deja de estar en marcha, como sigue: 80 Presentación y revelación 84 Revelación 84.3 Supuestos e incertidumbres en las estimaciones 84.3.8 Cuando al hacer su evaluación la administración determina que existe incertidumbre importante relativa a eventos o condiciones que pueden dar lugar a dudas significativas sobre la capacidad de la entidad para continuar como un negocio en marcha, tales como insuficiencia en el capital contable y/o en el capital de trabajo, pérdidas de operación recurrentes, flujos de efectivo de operación negativos, incumplimientos con términos de contratos de préstamo, etc.; esas incertidumbres y los planes de acción con los que la entidad espera superarlas, deben revelarse. Si los estados financieros no se preparan sobre la base del negocio en marcha, este hecho debe revelarse; asimismo, debe revelarse la base sobre la que se prepararon los estados financieros y las razones por las cuales la entidad no se considera como un negocio en marcha. Para entrar en el tema que nos ocupa, hablaré sobre las empresas que han dejado de operar y presentaré un resumen objetivo de sus principales implicaciones, ordenadas en forma decreciente: • La deficiente administración o la colusión para llegar a una precaria situación financiera que lleva a la empresa al no retorno, en ocasiones aduciendo que la normatividad contable permitió el reconocimiento de tales actuaciones en el reconocimiento de los ingresos o costos y gastos, pero normalmente es por la inducción de las administraciones a malversaciones y al logro de valores que no correspondieron a la realidad económica de los negocios o a la incapacidad misma de dirección o estrategia competitiva. Lo hemos visto en el sector inmobiliario, financiero o de energía, por citar algunos ejemplos conocidos. • La incorporación de nuevas tecnologías y reducción de costos que implican, en el peor de los casos, la sustitución del producto e integraciones de la competencia, ello genera mi desplazamiento del mercado y queda a la deriva la recuperación de los activos netos disponibles, al no continuar con el negocio principal. Ejemplo: la sustitución de automóviles de combustión interna por los eléctricos; aun cuando se ve que la industria automotriz en su conjunto va hacia el mismo camino (una importante empresa ya anunció que en siete años todos serán eléctricos), probablemente alguna que otra no lo logrará; el cuestionamiento, en su caso, desaparece, se fusiona o la adquieren. • Disposiciones legales, fiscales y/o gubernamentales, que modifican las condiciones del mercado, sus implicaciones en los costos o contenidos del producto o servicio mismo, inclusive obligan al cierre de operaciones por cuestiones ambientales, de concesión, controversias fiscales o legales por modificación de lo permitido y económicamente viable e inicialmente concebido, vemos el caso de empresas mineras, telecomunicaciones o de energía por mencionar algunas, o simplemente la adjudicación de mercados, productos o servicios por cuestiones nacionales. • Disrupción en los mercados por fusiones, adquisiciones o logro del liderazgo en el mercado por inversiones realizadas para tal propósito, el pez grande se come al chico, esto claramente se relaciona con las planeaciones estratégicas de los negocios en cuestión, y si no tengo los valores económicos o de producto suficientes para enfrentar los retos actuales o nuevos del mercado, hacen que mi negocio sea desplazado o desaparezca, o que tenga que vender en condiciones inapropiadas. Los temas de planeaciones estratégicas son lo más complicado de cuestionar, porque en ello va todo el conocimiento y fortalezas de los negocios. Cuando hablamos del valor razonable en los activos y pasivos de las empresas como el reconocimiento tácito del valor de realización o liquidación de estos, buscamos que contenga todos los elementos hasta de valor presente o deterioro futuro de los mismos, y pensamos que ese valor reflejado en estados financieros para la toma de decisiones aumenta su utilidad a inversionistas de las empresas públicas que no tienen el acceso a la información interna o relevante de sus administraciones. Por ello, a veces observamos en la normatividad los requisitos de revelación como parte sustancial para cubrir esta disparidad o igualar las condiciones. Recientemente, una de las empresas líderes de productos de belleza se declaró en quiebra y recurrió a las disposiciones legales del Capítulo XI en EE.UU.; sus motivos y las razones analizadas incluyen la pandemia; señalan el estrangulamiento de las cadenas mundiales de suministro de materias primas, distribución, logística y la falta de pago a sus principales proveedores (causa relevante); el rompimiento de su cadena productiva (círculo virtuoso o generación de flujos), el incumplimiento de sus compromisos para la producción y entrega de productos, así como otros segmentos industrias o empresas en condiciones similares, por ejemplo, el caso de las empresas de aviación en México. Si no se logra la reestructura o financiamiento y suministros, ¿cuál será el resultado en este caso y cómo reflejar un estado financiero que refleje esta problemática? Ya antes habíamos visto el salvamento que se hizo de la industria automotriz y la más importante aseguradora del mercado, donde recibieron apoyos crediticios del gobierno para superar la crisis de negocio que tenían, y lo lograron a nivel industria y servicio, y también a su producto competitivo. He visto cómo se desmenuza el análisis de los negocios para determinar el valor razonable de la transacción final, mercados, distribución tecnología, flujos del efectivo, administraciones, plataformas, producto, convenios, concesiones, etc., y el caso de compras hostiles, fusiones y adquisiciones para el logro global; en todo ello el crédito mercantil implícito. Finalmente, al valor de compra acordado, comparado con el valor razonable de los activos y pasivos (Valor Neto de los Activos), que se representa como el crédito mercantil, analizamos si van directamente en los resultados del periodo o a segmentos patrimoniales (estaba en cuestionamiento su amortización, aunque parece que ya no), ¿qué pasaría con una compra en situación de salvamento o liquidación y su tratamiento? Cuando se rompe este esquema de negocio en marcha, generación de activos y rentabilidad del negocio y sus flujos de efectivo, y aseguramiento del crecimiento y sostenibilidad, podemos agregar responsabilidad social y cadenas indispensables del mercado; sin embargo, cuando se pierde la capacidad económica y financieramente se requieren recursos mayores que los recursos esperados, no hay decisión más difícil para seguir o determinar cerrar, para no estar echando dinero bueno al malo. Vemos en ciernes una desaceleración económica no vista en muchos años, inflación creciente y sostenible en el corto y mediano plazo, y venimos de una disrupción económica por cuestiones sanitarias, ¿cuál es el efecto que ya provoca o provocó para el cierre de muchos negocios de empresas públicas o no? Se plantea complicadísimo que cada norma o boletín tuviera un apartado de valor de liquidación adicional, o crear una normatividad integral de estados y para una sustancia de negocio que se ha perdido, la volatilidad de los mercados y del propio negocio lo hacen probablemente inútil. De otras normas que tendrían “el qué hacer específico” de negocios que ya no están en marcha, como lo propone el Marco Conceptual y su tratamiento en forma particular, solo vemos la Norma de Información Financiera C-15, Deterioro en el valor de los activos de larga duración, que es la más cercana a tratamiento del valor de liquidación, sin embargo, se circunscribe a la unidad generadora de efectivo (UGE), no a un negocio integral; o la Norma de Información Financiera B-13, Hechos posteriores a la fecha de los estados financieros, empero, en normas generales y de revelación señala lo descrito en el marco conceptual ya comentado, sin ningún otro lineamiento a seguir. MISCELÁNEO MISCELÁNEO 54 55

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