Contaduría Pública febrero 2022

IMCE 69 CONIF 68 Párrafo 43.4.2. “El monto de la contraprestación puede variar debido a descuentos, devoluciones, reembolsos, créditos, reducciones de precio, incentivos, primas a cumplir, penalizaciones u otros elementos similares. La contraprestación acordada puede también variar si el derecho de una entidad a recibirla depende de que ocurra o no un suceso futuro. Por ejemplo, un monto de la contraprestación sería variable si se vendiera un producto con derecho de devolución o el cliente promete un monto fijo como prima a cumplir en el momento de alcanzar una meta establecida”. Es importante analizar si las devoluciones, reembolsos, incentivos, primas a cumplir y penalizaciones por compras de inventarios se deben disminuir de las compras, o del importe de los servicios recibidos, o de la combinación de ambos. El párrafo 44.2.1 de la NIF C-4, Inventarios está vigente con anterioridad a la emisión de la NIF D-1, Ingresos por contratos con clientes que entró en vigor a partir del 1 de enero de 2018. Antes de la NIF D-1, no existía el concepto de contraprestación variable en la NIF C-4, Inventarios, ni en la NIC 2, Inventarios, por lo que es importante analizar si las deducciones comentadas deban restarse al importe de la compra o de los bienes recibidos, para que sean congruentes con los conceptos de contraprestación variable que están establecidas en la NIF D-1, Ingresos por contratos con clientes y en la NIIF 15, Ingresos de actividades ordinarias procedentes de contratos con clientes. En caso de que la adquisición de inventarios o recepción de servicios (operaciones intercompañías) se realicen entre entidades que se consolidan, que preparen estados financieros combinados, o cuando se preparen estados financieros en los que se valúa la inversión en acciones mediante el método de participación, el análisis que se propone realizar respecto de las deducciones en la adquisición de un bien o servicio, o de una combinación de ambos, permitiría identificar el importe de las contraprestaciones variables, que en su caso se deben eliminar al preparar los estados financieros indicados, al coincidir el importe de los ingresos por los bienes o servicios (ya deducidas de las contraprestaciones variables) contra las adquisiciones de bienes o servicios de su contraparte (la cual, realizando el análisis indicado, tendría identificado y contabilizado el importe de las contraprestaciones variables). Este análisis permitiría realizar un registro fiel de la transacción de compras de inventarios, o del servicio que se recibió, ya que corresponderían a los importes que se espera se liquiden por su adquisición o recepción. En las bases de las conclusiones de la NIIF 15, en el párrafo FC199 se establece que “los usuarios de los estados financieros están más interesados en conocer el importe total de la contraprestación que se producirá finalmente del contrato”. En este caso, se puede considerar que la entidad que compra los inventaros o reciba los servicios, o una combinación de ambos, también debería de estimar, al inicio del contrato, el importe de las contraprestaciones variables que mejor prediga el importe de la transacción que tendrá que liquidar, utilizando cualesquiera de los métodos: (i) valor esperado y (ii) el monto más probable, que establecen la NIF D-1 y la NIIF 15, y no esperar a contabilizarlas hasta que se materialicen las causas que las originan. Índice de diciembre Lic. Ernesto O´Farrill Santoscoy Presidente de Bursamétrica Colaboración especial de la Lic. Sofía Santoscoy Pineda El IMCE de diciembre de 2021 repuntó a una tasa mensual de 4.72% al escalar 3.38 puntos hacia un nivel de 74.93 puntos, siendo el mejor registro desde septiembre de 2018. Esto resultó de una mejoría en la situación actual, la cual avanzó 2.10% de 67.75 unidades a 69.18 puntos. La situación futura, que representa los próximos seis meses, se incrementó 7.62% tocando un máximo de poco menos cuatro años, para registrar un puntaje de 82.13. En relación con diciembre de 2020, el IMCE acentuó el ritmo de crecimiento, hilando diez meses consecutivos al alza, al subir 25.27%, ya que la situación actual se elevó 14.01% y la situación futura 39.80%. En diciembre de 2021, la situación COVID-19 volvió a considerarse como el principal obstáculo al que se enfrenta la economía, seguido por las condiciones de inseguridad en el país y la falta de capital. Diseño, metodología y cálculo elaborados por la Comisión de Análisis Económico del IMCP, con datos de la membrecía de los Colegios de Contadores Públicos Federados al Instituto, y aportantes externos de información. Agenda del IASB sobre la revisión a la normativa de inventarios y costo de ventas En marzo de 2021, el IASB publicó la Tercera Agenda de Consulta a su proyecto de actividades a realizar, para que se enviaran comentarios a más tardar el 27 de septiembre de 2021. En dicha agenda el IASB, en el Apéndice B, en los párrafos B27 a B29, se mencionan los problemas que se han estado presentando por los preparadores de estados financieros sobre el renglón de inventarios y costo de ventas y que podrían representar un proyecto de revisión a largo plazo de ambas normatividades. Entre los temas que se han estado presentando por los preparadores están: a) Reconocimiento de la contraprestación variable; b) Momento del reconocimiento del costo de ventas (incluido el costo de los bienes vendidos y el costo de proporcionar los servicios); c) Existencia de un componente de financiamiento significativo; d) Definición de elementos de partidas funcionales, incluido el costo de ventas; e) Capitalización de costos, incluidos los requisitos de capitalización de costos específicos de la industria; y f) Deterioro del inventario. Expectativa Mientras el IASB revisa y, en su caso, desarrolla un proyecto de norma sobre inventarios y costo de ventas a largo plazo, es recomendable que las entidades que han celebrado contratos por la adquisición de bienes y servicios, o una combinación de ambos, que incluyan contraprestaciones variables implementen una política contable para el registro de las deducciones al valor de los bienes y servicios, ya comentadas, que pudieran considerarse como contraprestaciones variables que cumpla con el Marco Conceptual de las Normas de Información Financiera mexicanas o que sea congruente con el Marco Conceptual de las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF). En el caso de la normativa local es probable que el CINIF, en su trabajo de convergencia de la normativa local con la internacional, espere a que el IASB se pronuncie al respecto sobre la posible revisión integral sobre la normativa de inventarios y del costo de ventas, para incluir en su plan de trabajo la revisión de la normativa contable local y realizar las modificaciones que correspondan. Referencias técnicas NIF D-1, Ingresos por contratos con clientes. NIIF 15, Ingresos de actividades ordinarias procedentes de contratos con clientes. Tema 606, Ingresos por contratos con clientes. NIF C-4, Inventarios. NIC 2, Inventarios. Tercera Agenda de Consulta del IASB a su proyecto de actividades a realizar durante 2022-2026.

RkJQdWJsaXNoZXIy MTMwNTgyMg==