Contaduría Pública febrero 2022

Asimismo, es importante tener en mente que el IMSS se encuentra autorizado para aceptar como pago de adeudos de entes públicos los bienes inmuebles que estos ofrezcan, siempre y cuando el Instituto los considere funcionales para el cumplimiento de su mandato. En cuanto al tema de subcontratación laboral, señalo que previo a la reforma del 23 de abril de 2021 en la materia, los mecanismos ilegales que las prestadoras de servicios de personal utilizaban para la elusión y evasión de cuotas obrero-patronales eran los siguientes: esquemas de contratación tendentes a simular la inexistencia de una relación laboral –es decir, la subordinación entre el empleador y la persona trabajadora– recurriendo a esquemas de “honorarios puros” y “asimilados a salarios”; registro de personas trabajadoras con un salario inferior al real y compensación salarial mediante otros mecanismos de pago no auditables por el IMSS: honorarios, tarjetas innominadas, etc.; uso de conceptos ajenos a la integración del salario base de cotización, tendentes a la subdeclaración de este; y desagregación de la plantilla laboral de un mismo centro de trabajo en distintas empresas que declaraban actividades laborales distintas, con la finalidad de disminuir las aportaciones del Seguro de Riesgos de Trabajo. Estos mecanismos perjudicaban a las personas trabajadoras, patrones y al propio Instituto, de ahí la relevancia de los siguientes aspectos de la Reforma: se elimina la intermediación laboral y la prestación de servicios de personal, para solo permitir la subcontratación de servicios u obras especializados. En todo caso, por lo que al IMSS atañe, –tras la entrada en vigor de la Reforma– existe una responsabilidad solidaria del beneficiario ante incumplimientos por parte del contratista; aquellos que presten servicios especializados o ejecuten obras especializadas deberán cumplir con lo establecido en la Ley Federal del Trabajo y proporcionar al IMSS, cuatrimestralmente, la información de los contratos que celebren con sus clientes; y desaparece el Registro Patronal por Clase que las prestadoras de servicios de personal podían solicitar para inscribir a sus personas trabajadoras a nivel nacional. En el IMSS hemos dado seguimiento constante y puntual a la implementación de la Reforma y los datos duros que hemos obtenido permiten sustentar con todo rigor que ha generado múltiples efectos positivos. Como ejemplo de lo anterior, vale la pena subrayar que entre noviembre de 2020 y el 31 de diciembre de 2021, 2.9 millones de personas trabajadoras migraron de una empresa prestadora de servicios de personal a una empresa real. Asimismo, que el salario base de cotización que este universo de personas incrementó en 12.8%, al pasar de $467 a $527 y que las mujeres trabajadoras tuvieron un mayor incremento salarial al observado entre los hombres, 12 y 14%, respectivamente. Por último, en relación con la promoción de reformas legislativas, quisiera abordar brevemente lo relativo a personas trabajadoras del hogar. Sobra decir que la causa de conferir –como es debido– protección social a cada persona de este sector es una prioridad para el IMSS; además, es importante destacar que esta causa, a la vez, se vincula con la lucha en aras de la igualdad de género y de la promoción de los derechos humanos de las mujeres, ya que en nuestro país 90% de las personas trabajadoras del hogar son mujeres. En 2019, en el IMSS diseñamos –en tiempo récord– la Prueba piloto para la incorporación de las personas trabajadoras del hogar al Régimen Obligatorio del Seguro Social; misma que –ya con más de 40,000 personas inscritas– continúa operando satisfactoriamente a nivel nacional en una segunda fase en la que, entre otros aspectos, los patrones son responsables de la inscripción de personas trabajadoras mediante un proceso muy sencillo. La Prueba piloto permitió que el Instituto contara con los datos y elementos necesarios para esbozar ante el Congreso una reforma efectiva en materia de seguridad social para las personas trabajadoras del hogar. De este modo, en el Instituto adoptamos junto con las personas trabajadoras del hogar, diversas organizaciones de la sociedad civil, el Poder Legislativo y la Organización Internacional del Trabajo el conjunto de medidas que durante 2022 permitirán plantear y promover la “Iniciativa con Proyecto de Decreto que reforma, deroga y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Seguro Social en materia de personas trabajadoras del hogar”. La Contaduría Pública organizada promueve el desarrollo de conciencia acerca de la importancia de la seguridad social y del puntual cumplimiento de la ley, coadyuvando así con las autoridades a evitar la simulación en el cumplimiento de obligaciones; ¿cómo percibe el IMSS a la Contaduría Pública organizada? En el IMSS hemos reafirmado nuestra postura de promover una relación estrecha y constante con los gremios de profesionales de la Contaduría, al considerarla como una rama profesional que nos permite contar con aliados estratégicos, aliados cuya voz difunde con autoridad entre los patrones la importancia del cumplimiento de las obligaciones en materia laboral y de seguridad social, todo esto incluso desde un punto de vista ético y de responsabilidad social. Asimismo, vemos a los gremios de profesionales de la Contaduría como aliados que contribuyen a resaltar la importancia del pago oportuno y correcto de cuotas, a fin de generar las condiciones que permiten al IMSS ofrecer a las personas trabajadoras acceso a atención médica, farmacéutica, hospitalaria, incapacidades ante una enfermedad o riesgo de trabajo, guarderías y ahorro para una pensión, así como acceso al crédito a la vivienda y ahorro para complementar su patrimonio en el INFONAVIT y, a su vez, evitar que los patrones pongan en riesgo sus finanzas o su integridad corporativa ante incumplimientos. Por otra parte, la Contaduría Pública organizada nos ha extendido diversas invitaciones para que el IMSS participe en múltiples reuniones, foros y eventos de gran importancia y alcance en los que funcionarios del Instituto de primera línea han brindado orientación a los profesionales de la materia, atendiendo inquietudes y dudas del día a día, respecto del puntual cumplimiento de obligaciones ante el Instituto. Por último, ¿desea compartir algo más con los lectores? Quiero aprovechar para abordar un tema de la mayor relevancia en términos de prospectiva y programáticos. Actualmente, hay modalidades de percepción de ingresos vinculadas a avances tecnológicos que han surgido y que continúan evolucionando a fin de flexibilizar y facilitar la obtención de una subsistencia digna. En este contexto, no podemos pretender que –como en el siglo pasado– una relación laboral de carácter bilateral, de tiempo completo e indefinido, remunerada y de subordinación constituya la única vía de acceso a la seguridad social. De ese modo, tenemos frente a nosotros grandes retos y oportunidades en relación con la evolución del trabajo; las circunstancias nos obligan a replantear rígidas estructuras conceptuales consolidadas largo tiempo atrás, así como a innovar ante la máxima de que lo único constante es el propio cambio. Para destacar la relevancia de este tema, basta con señalar que según los datos más recientes de la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo del INEGI la población ocupada en México asciende a 55 millones de personas, de las cuales 23% –es decir, 12.5 millones– son personas trabajadoras independientes. Esto significa que una de cada cuatro personas que realizan una actividad productiva lo hace prestando servicios a un tercero –ya sea una persona física o moral– y recibiendo por ello una contraprestación relacionada con la operación del mismo. La participación económica de este sector es indiscutible; sin embargo, solo 0.1% tiene acceso a la seguridad social, de forma limitada y restringida. En la Dirección de Incorporación y Recaudación tenemos el privilegio de participar en ejercicios analíticos y de diseño, tanto de políticas públicas como de programas que contribuyan a dignificar el trabajo, al conferir acceso a la seguridad social bajo todas las formas posibles de obtención de ingresos; asimismo, el Instituto nos confiere una plataforma ideal para encauzar tales políticas y programas. En esta línea, a principios de 2021 pusimos en marcha la Prueba piloto para la incorporación de personas trabajadoras independientes, con la finalidad de continuar mejorando y ampliando la cobertura de seguridad social. El nuevo esquema bajo la Prueba piloto está diseñado para todas las personas que generan sus ingresos sin estar ligados a una relación laboral subordinada, e incluye los cinco seguros del Régimen Obligatorio; es decir, las personas que participan en esta ya gozan de la misma cobertura con la que cuenta un trabajador asalariado. Cabe destacar que la persona trabajadora independiente asegurada cubre su aseguramiento en función de su ingreso real mensual y que los integrantes de su núcleo familiar cuentan con protección total de seguridad social, lo que les permite acceder a servicios médicos y hospitalarios, así como a medicamentos. Además, las personas pueden reactivar las semanas de cotización registradas previamente, así como elevar la densidad de cotización y financiar así de mejor manera las prestaciones de retiro, cesantía y vejez –lo que contribuye a eliminar incentivos para recurrir a esquemas ilícitos de simulación de una relación laboral–. Por lo anterior, invito a los lectores a que se acerquen al IMSS para que terminen de “descubrir” la Prueba piloto y, además, les pido atentamente que nos ayuden a difundir sus ventajas. Agradezco este espacio, regresando al tema de partida de esta charla; es decir, a la adopción ininterrumpida de medidas creativas y concretas para continuar ampliando la base de asegurados, a fin de que en nuestro país, día a día, más personas cuenten con cobertura de seguridad social. DOSSIER 34 CONTADURÍA PÚBLICA 35

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