Contaduría Pública diciembre

resultantes de los encargos emitidos por ellos sean los adecuados de acuerdo con las circunstancias del trabajo desarrollado. La NCC tiene como objetivo principal establecer el marco de referencia a la que deberá sujetarse la Contaduría Pública cuando realicen trabajos de atestiguamiento, donde se encuentran englobadas las revisiones de seguridad social, entre otros servicios. Esta norma entró en vigor el 1° de enero de 2010. Desarrollo En la implementación de un SCC no solo se deben establecer las políticas, procedimientos y documentación de las distintas etapas que lo conforman, la prestación del servicio del inicio al fin (desde el establecimiento de acciones para verificar el cumplimiento de las normas profesionales y legales por parte del personal hasta aquellas que observen que los informes que se emiten con motivo de los trabajos sean apropiados), sino también se deberán de establecer los mecanismos para monitorear el adecuado cumplimiento de todo lo establecido. Alcanzar con éxito trabajos con mayor calidad y disminución de riesgos lleva consigo una buena implementación de un SCC; dicho sistema debe ser documentado y difundido de tal manera que todos los miembros de la Firma lo conozcan y lo puedan consultar tantas veces sea necesario. Sin embargo, el sistema no es estático y debe permitir mejoras derivadas de los distintos cambios en los servicios de seguridad social y por todos aquellos que participan directamente en la prestación del servicio. Para el desarrollo de este artículo, nos permitimos señalar que el SCC consta de seis elementos: Responsabilidad de los líderes de la Firma sobre el control de calidad. Recursos humanos. Requisitos éticos relevantes. Aceptación y retención de las relaciones profesionales con clientes y trabajos especí cos. 1 2 3 4 Responsabilidad de los líderes de la Firma Para establecer el SCC, la Firma debe de instituir las políticas y procedimientos para promover una cultura interna basada en la calidad, pero es indudable que cuando se llevan a cabo los encargos que realiza la Firma y en este caso para la línea de servicio en materia de seguridad social es necesario que el C.P.I. responsable de este servicio esté convencido de lo que implica el SSC y hacerlo notar a los distintos niveles de personal que existan en su Firma (gerente, supervisor, encargados, Staff, etcétera). En el caso de los encargos de atestiguamiento de seguridad social, cobra relevancia la cultura de la calidad, ya que, en los dictámenes correspondientes al ejercicio 2021 relacionados con el cumplimiento de obligaciones ante el SeguroSocial (SS), derivado de las reformas legales a diversas leyes, entre ellas la laboral y del Seguro Social, en el caso del llamado outsourcing, ha provocado cambios a la plataforma del Sistema de Dictamen Electrónico del IMSS (SIDEIMSS), obligando a la revisión y modificación de los procedimientos de trabajos establecidos en el sistema antes de la reforma, por lo que los informes deberán emitirse 5 6 Desempeño del trabajo. Realización de los encargos. Monitoreo-Seguimiento. En el proceso de prestación del servicio, desde la contratación del cliente hasta la conclusión del servicio, se deben disminuir los riesgos inherentes al desarrollo de las actividades considerando dichos cambios y no debe perderse de vista el mantenimiento y revisión constante de las políticas y procedimientos establecidos, lo cual nos obliga a que el SCC sea revisado periódicamente para aprovechar las áreas de oportunidad con el claro objetivo de alcanzar la calidad. Es fundamental que, para este tipo de acciones, los líderes de la Firma se encarguen de mostrar hacia todos los niveles la importancia de conocer y difundir las modificaciones y su efecto en la metodología con los posibles riesgos y la manera de disminuir estos en cada etapa del proceso de desarrollo del servicio. Requisitos éticos relevantes Dentro de las políticas y procedimientos que deben establecerse no perdamos de vista las situaciones éticas que marca nuestra profesión, en especial el Código de Ética Profesional, emitido por el Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP). Asimismo, en materia de seguridad social es importante el tema de independencia, no solo del C.P.I. sino de todo el personal que participa en la prestación del servicio y lo que el marco legal señala, específicamente el artículo 155 del Reglamento de la Ley de Seguro Social en Materia de Afiliación, Clasificación de las Empresas, Recaudación y Fiscalización (RACERF) que establece todos los impedimentos que puede tener un C.P.I. para dictaminar en materia de Seguro Social. El SCC es más amplio que lo señalado en el RACERF, ya que abarca la totalidad de las personas que participan en la línea de servicio de atestiguamiento y no solo al C.P.A. responsable de emitir su informe. Por lo anterior, es indispensable que los requisitos éticos en materia de seguridad social sean documentados, que puede ser mediante una declaración de independencia, por escrito, de cada persona participante en la prestación de servicios de seguridad social, definiendo si esto se hará por cada uno de los trabajos realizados, o bien que la declaración contenga todos los servicios contratados en el año. Sin embargo, ante la posibilidad de que, por el número de personas involucradas en la prestación del servicio, se diera la posibilidad de algún riesgo de no cumplir con los requisitos éticos, se deben establecer procesos adecuados que permitan implantar las salvaguardas apropiadas para reducir los riesgos a un nivel aceptable. Por otro lado, no debemos olvidar otros aspectos relacionados con la ética, uno de ellos es el de las actividades o relaciones que puedan generar un conflicto de interés entre el cliente o posible cliente de la línea de servicio y los socios o empleados que participarán en la prestación del servicio. Un ejemplo podría ser que unmiembro del equipo que realice el trabajo de atestiguamiento sea familiar y/o tenga un cargo administrativo relevante en la empresa que se revisará, por lo que la independencia puede verse amenazada y será necesario enviar un equipo que la elimine. Aceptación y retención de las relaciones profesionales con clientes y trabajos específicos Los trabajos de atestiguamiento enmateria de seguridad social que lleva a cabo el C.P.I. pueden afectar de manera positiva o negativa la reputación de la Firma, por eso es importante que se establezcan los procedimientos adecuados que permitan determinar, primeramente, en qué situaciones se puede aceptar o rechazar a un probable cliente y, en segundo término, tener las condiciones necesarias para decidir si se continúa prestando el servicio a un cliente recurrente. Por lo antes mencionado, como parte del establecimiento de los procedimientos y políticas para la aceptación de clientes nuevos en la realización de posibles encargos de atestiguamiento en materia de Seguro Social e INFONAVIT, todo deberá quedar documentado. Con el fin de conocer más al probable cliente se puede investigar por medios electrónicos, en su sitio web o en las redes sociales para conocer acerca de la integridad y reputación, a sus socios, sus actividades y cualquier otra información que nos permita conocerlo más y determinar el riesgo que podría representar para la Firma. También puede aplicarse al probable cliente un cuestionario para conocer información en específico del encargo a realizar, con el que podamos detectar amenazas acerca de remuneraciones que se otorguen y no se integren a los salarios, personal no inscrito al IMSS, o bien, que podamos tener un posible conflicto de interés. Un ejemplo muy claro es cuando la Firma participa en la maquila de la nómina del cliente y este se encuentra con la obligación de dictaminar sus obligaciones ante el Seguro Social; en este caso no podemos ser juez y parte en la opinión a emitir derivado de la revisión que se realizará, por lo que se tendría que rechazar ese encargo. Para conocer cuál es el cumplimiento de sus obligaciones, podemos solicitar la opinión de cumplimiento ante las autoridades de seguridad social y validar las fechas de pago de estas, así como la oportunidad de pago (es decir, si hay pagos de actualizaciones y recargos). Lo señalado en estos puntos puede darnos los elementos necesarios para saber si aceptamos o rechazamos el encargo. 16 DOSSIER DOSSIER 17

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