Contaduría Pública

Nuestro entrevistado es miembro del Instituto Mexicano de Contadores Públicos, A.C. y del Colegio de Contadores Públicos Chiapanecos, A.C., posee una amplia trayectoria profesional como Contador Público Certificado y catedrático de la Universidad Autónoma de Chiapas, donde cursó estudios de posgrado e impartió cátedra a estudiantes de las ciencias administrativas. Hoy en día, ocupa una de las más importantes dependencias del Ejecutivo estatal, con la responsabilidad de conducir las finanzas públicas del gobierno que encabeza Rutilio Escandón Cadenas, a fin de conseguir mejores niveles de bienestar para la población de Chiapas. Dr. Jiménez, ¿puede explicarnos en qué consiste el Régimen Simplificado de Confianza, mejor conocido como Resico, que el Gobierno federal ha puesto en marcha? Con mucho gusto, el Resico es un nuevo esquema de incorporación fiscal que entró en vigor a partir de este año 2022, y busca beneficiar a los pequeños contribuyentes, sean personas físicas o morales, con el otorgamiento de tasas de impuestos más reducidas que reduzcan los montos de sus contribuciones y la suspensión de algunas obligaciones fiscales. Con ello se hace más fácil el pago del Impuesto Sobre la Renta (ISR), ya que tiene la ventaja de ofrecer una tasa ajustada a los ingresos de los contribuyentes, que va desde el uno por ciento de las percepciones de los prestadores de servicios y de empresas, hasta 2.50 por ciento. Así, los contribuyentes que perciben menores ingresos se beneficiarán con menores cantidades de impuestos a pagar y no se comprometen sus finanzas por los requerimientos del fisco. ¿Por qué surgió este nuevo régimen de tributación en México? El Régimen Simplificado de Confianza (Resico) surge como una respuesta a las carencias del Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) y busca promover una organización fiscal más justa, eficiente y universal. Con ello se espera ampliar la base de contribuyentes, estimulando el cumplimiento de las obligaciones fiscales. ¿Cuál es el objetivo principal del Resico? El objetivo de este nuevo esquema es la reducción de las tasas de este impuesto para que las personas que tengan menores ingresos paguen menos. Esta propuesta del Servicio de Administración Tributaria (SAT) se basa en las mejores prácticas internacionales. ¿A quiénes beneficia este régimen de tributación? Como ya lo hemos mencionado entre líneas, este esquema beneficia más a las personas que tienen menores ingresos, determinando cantidades menores a pagar, de acuerdo con el método de cálculo. De acuerdo con la información que publica el Servicio de Administración Tributaria, ¿cómo funciona el Resico? La propuesta de la autoridad tributaria está orientada a los contribuyentes, en primer lugar, a las personas físicas que perciben ingresos anuales menores a 3.5 millones de pesos facturados conforme a su actividad económica, que pertenezcan a alguno de los cuatro regímenes fiscales siguientes: 1) actividades empresariales y profesionales, 2) Régimen de Incorporación Fiscal, 3) uso o goce de bienes inmuebles (arrendamiento) y 4) actividades agrícolas, ganaderas, pesqueras y silvícolas. En lo que respecta a las personas morales, se pueden integrar las empresas con ingresos anuales menores a 35 millones de pesos cuyos socios sean personas físicas. En este sentido, podemos mencionar que de acuerdo con las fuentes oficiales como el INEGI, casi todos los establecimientos del país sonmicro, pequeñas y medianas empresas. Cabe mencionar que el SAT tiene un padrón de 2.1 millones de micro y pequeños negocios registrados, cuyos ingresos brutos al año no exceden de 35 millones de pesos, cifra que representa 96% del total de personas morales que se beneficiarán al incorporarse a este nuevo régimen. ¿Qué ventajas tiene tributar en el Resico? Los beneficios que el Resico ofrece a personas físicas en comparación como el RIF son: mayor límite de ingresos permitidos (3.5 millones de pesos anuales) respecto al RIF; declaraciones prellenadas con pago ágil, generando automáticamente una línea de captura para pagar en ventanillas o en la banca en línea; no se presentan declaraciones informativas y contabilidad electrónica; y pagomensual del monto del impuesto, a más tardar el día 17 del mes inmediato posterior a aquel al que corresponda el pago. Durante el ejercicio 2022 se tiene la opción de presentar únicamente la declaración anual del impuesto de todo el ejercicio, sin pagos provisionales de ISR, solamente se presentará la declaración anual del ejercicio 2022 en el mes de abril de 2023. ¿Qué sucede con el IVA en este régimen? La declaración de “IVA Régimen Simplificado de Confianza” se crea con el objeto de simplificar el cumplimiento del entero del Impuesto al Valor Agregado, utilizando como insumo los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI), con lo que se logra la automatización del cálculo y se disminuye la carga administrativa del contribuyente. ¿Cuál es la tabla de tributación? El Servicio de Administración Tributaria tiene publicadas en la página del Gobierno de México las tasas progresivas para el pago del ISR, sobre ingresos efectivamente facturados y cobrados, de acuerdo con las tablas siguientes: Ingresos mensuales Tasa aplicable Ingresos anuales Tasa aplicable Hasta 25,000.00 1.00% Hasta 300,000.00 1.00% Hasta 50,000.00 1.10% Hasta 600,000.00 1.10% Hasta 83,333.33 1.50% Hasta 1,000,000.00 1.50% Hasta 208,333.33 2.00% Hasta 2,500,000.00 2.00% Hasta 291,666.33 2.50% Hasta 3,500,000.00 2.50% El Régimen Simplificado de Confianza (Resico) surge como una respuesta a las carencias del Régimen de Incorporación Fiscal 34 DOSSIER DOSSIER 35

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