Contaduría Pública febrero 2022

Para los patrones que participan en el sector privado, existen una serie de obligaciones a cumplir para con sus trabajadores, y prestaciones que proporcionar, adicionales al salario; de ahí sobresalen, entre otras, las siguientes: Ofrecer seguridad en el trabajo. Otorgar capacitación y adiestramiento a los trabajadores. Días de descanso obligatorios. Habitación para los trabajadores. Proporcionar servicios médicos. Otorgar permisos para participar en organizaciones laborales. Vacaciones (días de descanso) con goce de salario. Prima vacacional. Prima por trabajar en domingo. Pago adicional por trabajar en días de descanso. Pagar gratificación anual (aguinaldo). Participar en las utilidades de la empresa. Apoyo para gastos cuando se realice teletrabajo. Otorgar servicios de atención psicosocial. Prevenir la discriminación y violencia laboral. Pago del salario. Proporcionar instrumentos para la ejecución del trabajo. Contar con instalaciones y asientos suficientes para los trabajadores. Contar con instalaciones para el personal con capacidades diferentes. Contratar trabajadores nacionales con preferencia respecto de los extranjeros. Otorgar prestaciones especiales para trabajadores expatriados. Realizar un pago adicional por trabajar en días festivos. Prestaciones especiales para los trabajadores que proporcionan sus servicios fuera de su residencia habitual. Respetar obligadamente las jornadas máximas de trabajo. Otorgar permisos para cumplir con obligaciones políticas. Permitir al trabajador desempeñar acciones del sindicato. Otorgar licencia por maternidad o paternidad. Otorgar disfrute de descanso pre y posnatal y por adopción. Otorgar servicios de guarderías. Prima de antigüedad. Indemnización por terminación de la relación de trabajo. Prestaciones adicionales para trabajadores del hogar. Prestación adicional por separación del trabajador por causas de incapacidad no profesional. Permiso especial para las madres trabajadoras durante el periodo de lactancia. Indemnización por trabajar tiempo extraordinario. Becar a los trabajadores o sus hijos. Facilitar el ejercicio de licencias por cuidados de hijos diagnosticados con cáncer. Entre otros. Como se puede observar, para el patrón, el costo de contratar un trabajador tiene varias aristas y, en consecuencia, varios costos que valorar cuando se realiza de manera formal. La ley laboral y demás disposiciones relacionadas establecen, en términos generales, que un trabajador es aquel que presta servicios personales subordinados a un patrón. En ese mismo sentido, el patrón es aquel que contrata trabajadores para que le proporcionen un servicio personal subordinado. Con base en lo anterior, el patrón tiene la obligación de cumplir con sus obligaciones laborales y, para ello, deberá identificar el costo que le genera contratar a un trabajador, con lo cual se pueden determinar diferentes costos, dependiendo de las prestaciones adicionales a las mínimas que establece la ley y por el desarrollo de las actividad económica propia del patrón; con ello, se precisa lo que realizará el trabajador y el consecuente nacimiento de obligaciones especiales para mantener esta relación laboral cumpliendo sus obligaciones propias; por ejemplo, el trabajo de las mujeres, los menores, los artistas y deportistas, los expatriados, los viajeros, aquellos que están expuestos a tareas peligrosas, los que tienen que realizar jornadas excesivas, los trabajadores en las minas, el campo, el transporte, los buques, los restaurantes, el sector salud, las escuelas, la construcción, que laboran en fin de semana, los trabajadores a domicilio, los que realizan teletrabajo, etc. Como se puede ver, hay una variedad mayúscula que obliga al patrón y al trabajador a identificar las particularidades de su relación laboral que exige a ambos a cumplir con obligaciones generales y otras particulares, así como en el tema de sus derechos. Otro tema muy importante que influye en la contratación de los trabajadores es el costo de la seguridad social; este concepto viene a cubrir algunas obligaciones que ha contraído el patrón y que este reemplazo de cumplimiento de obligaciones a cambio del pago de una cuota representa para el patrón muchas veces un acto de molestia, pero en retrospectiva le permite cumplir, de manera eficiente, con sus obligaciones, aunque los trabajadores (lamentablemente) no cuenten con coberturas y servicios adecuados a sus necesidades; asimismo, se toma como referencia, la obligación del pago de las cuotas al seguro social, las aportaciones al INFONAVIT, las aportaciones a sistema de ahorro para el retiro, entre otros; para estos casos, es importante identificar que hay elementos significativos que juegan en la determinación de la cuantía y las prestaciones; entre otros podemos identificar, el salario base para el pago de estas contribuciones y /o aportaciones, el riesgo que el trabajador asume cuando realiza la actividad que le es encomendada y que corresponde a la actividad del patrón (por ejemplo, no es lo mismo ser un empleado de oficina, que un trabajador de la industria de la construcción), la antigüedad del trabajador con el patrón, etcétera. Las cuotas de seguridad social hoy representan un costo que puede ir desde un mínimo de 20 y hasta 45%, que no necesariamente puede ser el máximo costo, ya que depende de varios factores a considerar. Si adicionalmente tomamos que, a partir de 2023 se efectuarán incrementos a las cuotas de seguridad social que hoy se tienen establecidas como obligatorias y que su incremento será constante durante los siguientes ocho años; estos incrementos tendrán como base el aumento que tenga la Unidad de Medida y Actualización (UMA) por el efecto de la inflación y que las cuotas de Cesantía y Vejez se estarán aumentando, pudiendo llegar hasta 200% adicional a lo que en 2021 se venía pagando. Como se puede observar, el incremento en el costo de este servicio obligatorio se vendrá experimentando, de tal forma que, para los patrones tendrá un mayor costo de laboral al momento de comparar lo que hoy pagan con lo que estarán pagando en los siguientes años, considerando la composición de su plantilla de trabajadores y el salario que a cada uno de ellos se les retribuye por su trabajo. En las siguientes tablas, podrán ver también que un elemento representativo del costo laboral para el patrón lo tiene el pago de las cuotas de seguridad social y el pago del impuesto sobre nóminas que se tiene establecido en la mayoría de las entidades del país. Dicho sea de paso, más de 70% de los trabajadores afiliados al Seguro Social tienen ingresos mensuales en promedio de ocho mil pesos, que están dentro del rango del salario mínimo y hasta cinco UMAS; dejando otro 20% entre 6 y 10 UMAS y el otro 10% de 11 UMAS y más (la realidad de la capacidad económica de los trabajadores y las limitaciones en la remuneración de las plantas productivas del país). En nuestro país, las relaciones laborales dependen de las regulaciones formales y asimismo se debe tomar en cuenta la influencia de los agentes económicos DOSSIER 48 CONTADURÍA PÚBLICA 49

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