Contaduría Pública febrero 2022

La seguridad social se encuentra dentro de los denominados derechos humanos de segunda generación, Derechos Económicos, Sociales y Culturales (DESC), los cuales van enfocados en hacer posible que las personas gocen de un nivel de vida adecuado, y tienen estrecha relación con el cumplimiento de las necesidades básicas para el digno desarrollo de las personas; sin embargo, esta garantía conlleva numerosas erogaciones y recursos para materializarse en los servicios necesarios que abarca la seguridad social, es decir, son servicios con un costo elevado y se requiere de un alto presupuesto para hacerle frente a las contingencias cubiertas. En julio de 2016, con motivo de la presentación del quinto y sexto informe periódico de México ante el Comité DESC (CESCR), órgano compuesto por expertos independientes que supervisan la aplicación del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales por sus Estados parte, se señala lo siguiente: De 2010 a 2013 la proporción de población que trabaja en condiciones de informalidad ha representado entre el 60 y 59%, con la consecuente carencia de prestaciones laborales y seguridad social. Algunas estadísticas de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) han puesto de manifiesto las condiciones adversas que enfrentan las personas desempleadas, ya que, en México, al 2013, ninguna de ellas recibió asistencia social para cubrir sus necesidades básicas de vida. Aunado a lo anterior, según lo señala el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (CONEVAL), al 2014, 21.8 millones de personas en México carecían de acceso a servicios de salud, y de acuerdo con la Encuesta Nacional de Salud y Nutrición de la Secretaría de Salud, al 2012, poco más de un tercio de la población carecía de acceso a medicamentos (CNDH, 2020). Ante tal situación, y con la firme convicción de que la seguridad social debe permear a todos los ciudadanos, conforme a la garantía que conlleva como un derecho humano, no es ajeno pensar que dicho postulado sea más que una quimera, y un deseo que carece de factibilidad para hacerse realidad en un país como lo es México, por lo que nos vemos obligados a redefinir las vías de acceso a una seguridad social universal, estableciendo las condiciones bajo las cuales deba darse, atendiendo a las problemáticas presupuestales y jurídicas, anteponiendo el interés social y los principios de progresividad y universalidad. Aun con la gran cobertura que se tiene mediante los servicios que otorgan el IMSS, el ISSSTE, el ISSFAM y el INFONAVIT, está presente un gran reto para poder garantizar una cobertura efectiva de los grupos vulnerables en el país, en un contexto de alta desigualdad, informalidad y altos índices de pobreza, procurando un sistema de seguridad social más integral, más abierto e inclusivo, que refuerce su visión solidaria y que financieramente no excluya a quienes no gocen de capacidad contributiva; un sistema que atienda y establezca en una primera instancia, un servicio de salud universal y un sistema nacional de pensiones universales para adultos mayores, para, posteriormente, considerar un seguro de desempleo y un programa de adquisición de vivienda. La deuda social del país ha sido abordada y atendida bajo diferentes criterios en la última década, procurando y enalteciendo programas sociales asistencialistas, distantes a conformar un verdadero sistema de seguridad social universal, que garantice de manera efectiva, los derechos humanos consagrados en la CPEUM y en los instrumentos internacionales ratificados por nuestro país; es momento de atender y corresponder a la ciudadanía con una garantía efectiva de sus derechos, implementando un plan que paulatinamente conforme una seguridad social universal, real y viable, que garantice a las generaciones futuras una cobertura de sus necesidades básicas y represente algo más allá de una utopía social. Fuentes de consulta CESCR. (2021). Comité de Derechos Económicos Sociales y Culturales. Obtenido de Informes Anuales: https://www.ohchr.org/SP/hrbodies/cescr/ pages/cescrindex.aspx CNDH. (2020). Obtenido de Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales: http://informe.cndh.org.mx/menu.aspx?id=10053 De 2010 a 2013 la proporción de población que trabaja en condiciones de informalidad ha representado entre 60 y 59% DOSSIER 28

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