Estas normas entran en vigor para auditorías y revisiones de estados financieros, cuyos periodos auditados o revisados inicien el o después del 15 de diciembre de 2022; así como para otros encargos de aseguramiento y servicios relacionados que inicien el o después del 15 de diciembre de 2022.
Las revisiones de calidad del encargo (revisiones de calidad) forman parte del sistema y son abordadas en las NIGC como sigue:
> La NIGC 1 trata de la responsabilidad de la Firma para establecer políticas o procedimientos que aborden los encargos que deben estar sujetos a revisiones de calidad.
> La NIGC 2 aborda el nombramiento y la elegibilidad del revisor de calidad y de la realización y documentación de la revisión de calidad.
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