Revista Contaduría Pública Septiembre 2022

Desde finales del año pasado se informó, por medio de la Reforma Fiscal para 2022 que habría cambios en la facturación; dentro de los artículos reformados del Código Fiscal de la Federación (CFF) se encuentra el 29-A, el cual indica los requisitos que deben contener los nuevos Comprobantes Fiscales Digitales emitidos por Internet (CFDI), los cuales son: • RFC. • Nombre o razón social. • Régimen fiscal. • Código postal. • Clave de uso de CFDI. Estos requisitos eran opcionales, pero ahora son obligatorios; asimismo, esta obligatoriedad se encuentra estipulada en la Resolución Miscelánea 2.7.1.29 Requisitos en la expedición de CFDI, que indica lo siguiente: Para los efectos del artículo 29-A, fracciones I, III, IV y VII, inciso c) del CFF, los contribuyentes incorporarán en los CFDI que expidan, los requisitos correspondientes conforme a lo siguiente: I. El lugar de expedición se cumplirá señalando el código postal del domicilio fiscal o domicilio del local o establecimiento conforme al catálogo de códigos postales que señala el Anexo 20. II. Forma en que se realizó el pago, se señalará conforme al catálogo de formas de pago que señala el Anexo 20, con la opción de indicar la clave 99 "Por definir" en el caso de no haberse recibido el pago de la contraprestación, siempre que una vez que se reciba el pago o pagos se emita por cada uno de ellos un CFDI al que se le incorpore el "Complemento para recepción de pagos" a que se refiere la regla 2.7.1.32. […] III. El uso fiscal que el receptor le dará al comprobante, se cumplirá señalando la clave correspondiente conforme al catálogo de uso de CFDI y registrando la clave del régimen fiscal en el que tribute el receptor de dicho comprobante conforme al catálogo del régimen fiscal, que señala el Anexo 20. El sistema de facturación 4.0 llegó para poder timbrar los comprobantes con todos los nuevos requisitos, sin embargo, a pesar de que entró en vigor su funcionamiento a partir del 1º de enero de 2022, y se comenzó a utilizar a la par con la versión 3.3, a gran parte de los contribuyentes se les ha dificultado su uso. La causa principal que impide timbrar los comprobantes es la falta de información veraz; es por ello que se ha estado solicitando la constancia de situación fiscal, pero ¿qué es este documento?, ¿para qué sirve?, ¿de dónde se puede obtener? La constancia de situación fiscal es un documento que emite el Servicio de Administración Tributaria (SAT), en el cual se pueden encontrar los datos principales de todo contribuyente, por ejemplo: su nombre, RFC, cédula fiscal, CURP, el régimen fiscal en que está inscrito, su domicilio fiscal registrado con código postal, su teléfono y correo electrónico, obligaciones fiscales, entre otros. Este documento es solicitado comúnmente por los reclutadores de empresas cuando se solicita ocupar una vacante y, en el caso de las personas morales, se les solicita cuando requieren de un préstamo, financiamiento, firma de un contrato para algún actomercantil; en términos generales, sirvepara demostrar que la empresa está realmenteconstituida yexisteun registro legal sobreella. Desde el mes de enero el personal de recursos humanos ha estado solicitando a los trabajadores que les entreguen la constancia de situación fiscal, ya que el nuevo sistema de facturación requiere de los datos que están registrados ante el SAT, los cuales deben coincidir para que los comprobantes de nóminas sean deducibles para las empresas. El caos comenzó cuando se fue aproximando el mes de julio, ya en la reforma fiscal se había estipulado que el uso de la facturación 4.0 sería obligatoria a partir del primer día de julio de 2022; pero debido a la fuerte presión de los patrones y las empresas hacia los empleados para que estos entregaran su constancia, las filas por la demanda del documento se hicieron cada vez más largas en las oficinas del SAT. De acuerdo con el Informe Tributario y de Gestión de la Secretaría de Hacienda y Crédito (SHCP), al inicio de este año, 78% de contribuyentes se decían asalariados. Respecto a la pregunta de cómo se puede obtener la constancia de situación fiscal, esta se puede obtener de tres formas: 1. Los contribuyentes deben ingresar al portal del SAT para generar la constancia de situación fiscal y realizar lo siguiente: • Selecciona el botón “ejecutar en línea”. • Elige el medio de autenticación. Deberás tener a la mano tu RFC, contraseña de ingreso al portal del SAT y e.firma. • Registra los datos de autenticación. • Da clic en el botón “Generar Constancia”. • Descarga el documento en formato PDF. 2. SAT ID. La constancia de situación fiscal se podía descargar mediante la plataforma SAT ID. Pero la autoridad fiscal recientemente inhabilitó dicha opción, la autoridadaclaróqueesto sedebe aque “durante el mes de abril se canalizarán los esfuerzos para la generación o renovación de la Contraseña y con ella, las personas físicas puedan presentar su Declaración Anual y, a su vez, recibir su devolución con saldo a favor en caso de que así sea”. 3. De forma presencial. Esta opción fue a la que más se recurrió pues la mayoría de los mexicanos asalariados no cuentan con e.firma y contraseña, y para generarla tendría que sacar una cita previa en el SAT. En El Financiero, Felipe Gazcón, en su publicación “¿Para qué sirve la constancia de situación fiscal?” entrevista a Miguel Ángel Tavares, socio de impuestos y servicios legales de Business Tax Consulting, y menciona lo siguiente respecto a las empresas y los patrones: “en casos graves, por poner datos erróneos en las facturas fiscales la multa puede ir de 17 mil hasta 97 mil pesos”. Ramiro Ávalos, Vicepresidente de Fiscal del Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP), en una entrevista que le hizo el periódico español El País menciona que el castigo para las empresas por no utilizar este nuevo modo de facturar impactaría a los empresarios monetariamente. Ávalos menciona que los pagos a la nómina de los trabajadores representan entre 30 y 35% de operación de una empresa, y de acuerdo con datos del IMPC, esto implicaría pérdidas para la contabilidad de los empleadores. El País, ante este fenómeno masivo en donde las personas hacían largas filas para esperar obtener el documento fiscal que les solicitaban en su centro de trabajo, habló sobre la incertidumbre y miedo que los patrones causaban a sus trabajadores: Una de las grandes dudas, entre los 47 millones de personas asalariadas en México, son las consecuencias que les pueda traer el no entregar este documento a sus empleadores. Lo cierto es que ningún patrón puede dejar de pagar su salario, así como no puede ser despedido por no entregar esta constancia. La interrogativa de los trabajadores respecto a la nueva facturación 4.0 Maricruz de Jesús May Pérez Pasante de Contador Público mari_cruzmay@hotmail.com MISCELÁNEO MISCELÁNEO 48 49

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