MEJORES ARTÍCULOS 20 Aspectos fiscales en la transición de los trabajadores El punto sustancial de la reforma es la prohibición de la subcontratación de personal, y permitir de forma muy regulada, la prestación de servicios especializados o la ejecución de obra especializada. Entre los aspectos fiscales incluidos en la reforma, se destacan por sus implicaciones económicas y de responsabilidad, las siguientes: > Considerar como delito de defraudación fiscal, el hecho de contravenir la prohibición de la subcontratación laboral, o el incumplimiento de las regulaciones en el caso de la prestación de servicios especializado (PSE) o ejecución de obra especializada (EOE). > No deducir para efectos de Impuesto Sobre la Renta las erogaciones efectuadas por actos derivados de la prohibición de la subcontratación laboral, o el incumplimiento de las regulaciones en el caso de la PSE y/o EOE. > No acreditar para efectos del Impuesto al Valor Agregado causado en las erogaciones efectuadas por actos derivados de la prohibición de la subcontratación laboral, o el incumplimiento de las regulaciones en el caso de la PSE y/o EOE. Controles y consideraciones en la contratación de servicios especializados o ejecución de obra especializada Como parte de los controles internos que habrán de implementarse por parte de las empresas beneficiarias de estos servicios, en la celebración de contratos de SE y/o EOE, para evitar incurrir en infracciones con las consecuencias señaladas anteriormente, se señalan entre otros los siguientes básicos: > Solicitar a la contratista el registro ante la STPS, con la autorización de las actividades para los servicios especializados que se contratan. > Verificar la vigencia del registro de la contratista cuando se le realicen pagos por dichos servicios. > Solicitar a la contratista la documentación y/o información que acredite el cumplimiento de obligaciones fiscales y de seguridad social de la contratista por los trabajadores que haya puesto a disposición para beneficio de la contratante. (Declaraciones Fiscales SAT, Cédula SUA IMSS/INFONAVIT, comprobantes de pago bancario). Otras consideraciones fiscales Como cualquier otro patrón, las empresas contratantes deberán considerar lo siguiente: > Presentar ante el SAT el alta o reincorporar la obligación como retenedor del ISR a cargo de los trabajadores por sus ingresos. > Presentar ante la Secretaría de Hacienda Estatal (o su denominación equivalente) el alta o reincorporar la obligación como contribuyente directo del impuesto sobre nóminas o su equivalente. > Alinear las actividades reportadas al SAT, IMSS y Secretaría de Hacienda Estatal. > Alinear los domicilios reportados al SAT, IMSS y Secretaría de Hacienda Estatal. Consideraciones finales Es muy importante revisar la hoja de ruta seguida para la implementación de las acciones necesarias para atender los nuevos requerimientos derivados de la reforma de subcontratación laboral en sus aspectos laborales, de seguridad social y fiscales, ante las diversas dependencias como son: SAT, IMSS/INFONAVIT, SH Estatal, STPS, INFONACOT, además de las adecuaciones operativas internas de las empresas beneficiarias o receptoras, quienes al constituirse en patrones sustitutos, serán objeto de una amplia acción fiscalizadora por cada una de las dependencias señaladas. Uno de los objetivos de la reforma de la subcontratación laboral, es el de restituir el derecho de los trabajadores a las prestaciones laborales y de seguridad social ISSN 2594-1976 Año 50-590-OCTUBRE 2021 Diamantina Perales Flores Presidente del IMCP Entrevista
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