Revista edición especial Contaduría Pública Mejores Artículos

Edición especial Mejores artículos 2021 2022 ISSN 1870-4883 Año 51 - REVISTA ESPECIAL Octubre-2022 -

COMERCIAL COMITÉ EJECUTIVO NACIONAL Dra. Laura Grajeda Trejo Presidenta PCFI y Lic. Héctor Amaya Estrella Vicepresidente General C.P.C., PCFI y LL.M. Mario Enrique Morales López Vicepresidente de Relaciones y Difusión GOBIERNO CORPORATIVO COMISIÓN DE REVISTA C.P. y Dr. Moisés Alcalde Virgen Presidente EDICIÓN ESPECIAL OCTUBRE 2022 EDITORIAL C.P.C. Francisco Álvarez Mendoza Vicepresidente de Legislación Mtro. Tomás Humberto Rubio Pérez Vicepresidente de Docencia Dra. Ludivina Leija Rodríguez Vicepresidenta de Sector Gubernamental C.P.C. Arturo Salvador Reyes Figueroa Vicepresidencia de Sector Empresas C.P.C., PCFI y PCPLD Silvia Rosa Matus de la Cruz Vicepresidenta de Práctica Externa C.P.C. Ramiro Ávalos Martínez Vicepresidente de Fiscal Dra. Sylvia Meljem Enríquez de Rivera Vicepresidenta de Asuntos Internacionales C.P. y PCFI Rolando Silva Briceño Vicepresidente de Apoyo a Federadas C.P.C. y Mtro. Rogelio Avalos Andrade Vicepresidente de Calidad de la Práctica Profesional C.P. y PCCAG María de las Mercedes Cid del Prado Sánchez Secretaria C.P.C. y PCFI Juan Gabriel Sánchez Martínez Tesorero C.P.C. Juan Ignacio Oros Guerrero Protesorero C.P.C. y PCFI Ubaldo Díaz Ibarra Vicepresidente Región Centro C.P.C. Mario Alberto Meza Alfaro Vicepresidente Región Centro-Istmo-Peninsular C.P.C. Rodolfo Servín Gómez Vicepresidente Región Centro-Occidente C.P.C. Fernando Robles Gutiérrez Vicepresidente Región Noreste C.P.C. Saúl López Montiel Vicepresidente Región Noroeste C.P.C. Omar Josué Ramírez Torres Auditor de Gestión C.P.C. y Mtra. Angélica Gómez Castillo Dirección ejecutiva L.C. María Margarita Aranda Martínez C.P.C. Mario Alberto Cuadras Álvarez L.C. y M.F. Bernardo Alid Espinoza Urzúa C.P. José Luis Burgos García C.P.C. Jesús Arturo Guerrero Ordoñez Lic. Miriam Fabiola Gutiérrez Muñoz Dra. y C.P.C. Adriana Verónica Hinojosa Cruz L.C. Magda Jaquelina Lara Gámez C.P.C. Jorge Luis López Ayala C.P.C. y PCFI Arturo Luna López C.P.C. Fernando Medrano Vásquez C.P.C. Fidel Moreno de los Santos C.P.C. Christian Natera Niño de Rivera C.P.C. Armando Nuricumbo Ramírez Lic. César Adrián Oyervides Vaquera Dr. Carlos Enrique Pacheco Coello C.P.C. Sergio Quezada Quezada L.C.P. Alma Elisa Ramírez Cano C.P.C. y M.D.F. Santiago de Jesús Rejón Delgado C.P.C. y E.F. Héctor Vázquez González C.P.C. José A. Salazar Tapia Comité de Auditoría L.C. Ricardo González Escobar Comité Universitario C.P.C. Mario Zavala Téllez Comité de Finanzas C.P.C. Alfredo Esquivel Boeta Comité de Evaluación y Compensación C.P.C. Rogelio García Zambrano Comité de Planeación y Riesgos Carlos Ismael Pérez López 5552676449 cperezl@imcp.org.mx Coordinador comercial Héctor Benavides Castillo 5552676437 hbenavidesc@imcp.org.mx Coordinador de patrocinios y publicidad María Elizabeth Padilla López 5552676427 libreria@imcp.org.mx Tienda en línea (suscripciones) Contaduría Pública® es una publicación mensual editada por el Instituto Mexicano de Contadores Públicos, A.C. (IMCP). Domicilio en: Bosque de Tabachines 44-2, Fracc. Bosques de las Lomas, 11700, Ciudad de México, Tel. 55 5267 6400, www.imcp.org.mx. Editora responsable: Norma Berenice San Martín López. Reserva de derechos al uso exclusivo 04-2022-041813554000203, ISSN (versión digital) 2594-1976, Reserva de derechos al uso exclusivo 04-2021-050314063400-102, ISSN (versión impresa) 1870-4883, otorgados por el Instituto Nacional del Derecho de Autor. 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Edición especial Mejores Artículos 2021-2022 Cada año, el Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP) reconoce la labor de divulgación que realizan sus asociadas y asociados en Contaduría Pública, quienes mes tras mes dan vida a las páginas de nuestra querida revista. En esta ocasión, la Comisión de Revista hizo una recopilación de los Mejores Artículos del Año de nuestros especialistas, las cuales, estamos seguros, han enriquecido la formación y actualización disciplinaria de nuestros lectores. En el IMCP valoramos este trabajo y felicitamos a cada una de las autoras, autores y coautores por poner al alcance del público parte de su conocimiento y experiencia en materia contable. 12 Turismo alternativo. Estrategia para el crecimiento de la zona sur de México, después del COVID-19 El objetivo principal de este artículo es resaltar las cualidades que esta forma de turismo sustentable, conocida como turismo alternativo, tiene para que las actividades turísticas se realicen en los lugares adecuados y con las medidas necesarias para minimizar sus impactos sobre el medio natural en la zona sur de México, en particular el estado de Quintana Roo, y considerando las implicaciones sobre el desarrollo económico que la pandemia de COVID-19 ha causado a escala mundial. 16 La transición de los trabajadores en la reforma de outsourcing. Aspectos laborales, de seguridad social y fiscales Sin duda, la reciente reforma de prohibir la subcontratación laboral (outsourcing) y regular la contratación de servicios especializados o la ejecución de obra especializada, vino a ser un golpe de timón para reencausar la objetividad de las relaciones de trabajo, tanto en lo legal como en lo moral. Lo anterior, debido a que era tanto el desvío de los causes en el sistema de seguridad social y fiscal por una desvirtuación de la realidad, que se ajustaban incluso los valores de convivencia, con severos efectos negativos en la recaudación fiscal y en las prestaciones que la seguridad social otorga a los trabajadores y sus familias, en los renglones de salud, vivienda y pensiones.

La forma tradicional en que los Contadores solían desempeñarse ha quedado atrás, ya que su preparación y desarrollo profesional se ha transformado para adaptarse a nuevos enfoques, soluciones y procesos. Actualmente, la formación del Contador debe enfocarse en desarrollar competencias y habilidades que no solo le permitan adaptarse a los cambios sino, también, anticiparse a estos para que pueda contribuir, de manera relevante, a la generación de valor en el entorno de los negocios, que se encuentra en constante evolución. 41 Tendencias y retos de la Contaduría Pública 36 La reforma laboral y los servicios especializados en precios de transferencia La reciente reforma laboral ha propiciado que las empresas que antes operaban bajo el esquema de subcontratación ahora solo prestarán servicios especializados y deberán contar con un registro ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social. Se espera que esta transformación repercuta en el cumplimiento del principio Arm’s Length y se refleje en la documentación de precios de transferencia del ejercicio fiscal 2021 y de los años por venir. 22 Inteligencia artificial en la fiscalización en México. ¿Una ventana de oportunidades? El uso de la inteligencia artificial (IA) en las labores de fiscalización en México implica, desde la perspectiva de los autores y ejemplos estudiados, entender que la tecnología de vanguardia puede mejorar en gran medida su productividad y resultados, de modo que implementar la IA es una ventana de oportunidad que reduciría el tiempo dedicado a tareas mecánicas y repetitivas para enfocarlo en actividades de mayor valor en pro de la transparencia y rendición de cuentas en México. 27 La reforma fiscal en materia de dictamen fiscal y la responsabilidad penal del Contador Público para 2022 El Paquete Económico 2022, entregado el 8 de septiembre de 2021 en la Cámara de Diputados, sorprendió por algunas de las propuestas tendientes a combatir la elusión y evasión fiscal –con la introducción de nuevas cláusulas antiabuso, otras en materia de materialidad de operaciones y para la cancelación de certificados de sellos digitales– destacándose la creación del nuevo régimen fiscal de confianza para personas físicas y morales. 45 Seguridad social y derechos humanos en México Analizaremos la relación de la seguridad social juntamente con los derechos humanos como una responsabilidad de todo Estado para protección de sus nacionales y en ello estriba el respeto a la dignidad de las personas como parte fundamental de su desarrollo, sin discriminaciones, buscando en todo tiempo el reconocimiento y aplicación universal efectiva; en la seguridad social se encuentra entonces una parte de ese reconocimiento, y por eso deben generarse condiciones y exigencias que favorezcan su cumplimiento. 53 VUCA, las siglas de un mundo impredecible ¿Cuál es la diferencia entre un gran líder de empresa y uno mediocre? La misma que distingue a un brillante general o a un entrenador de talla mundial: su capacidad para adaptarse a las circunstancias, para dar resultados día tras día a pesar de que el siguiente nunca será igual que el anterior. A veces, los resultados no llegan inmediatamente; en muchas ocasiones hay que tener paciencia para verlos florecer, la visión para mirar más allá de las circunstancias adversas y la pericia para sobrellevarlas mientras el trabajo duro da sus frutos. En el entorno VUCA, la calidad de las relaciones define la efectividad del líder. 59 Impacto de las Normas Internacionales de Gestión de Calidad en las Firmas de Contadores Públicos Implementar sistemas de gestión de la calidad con altos estándares internacionales, nos permitirá contribuir a la credibilidad de nuestros servicios ante la sociedad, en la satisfacción de nuestros clientes y la permanencia de nuestra Firma. 63 El futuro de la profesión contable La profesión contable ha tenido una presencia importante en la vida social, cultural, política y, sobre todo, económica del mundo; sí ha crecido, pero se ha desarrollado debido a los grandes acontecimientos históricos y ha caminado de la mano con los avances tecnológicos. Es cada vez más común que, en el entorno de los negocios como en el académico, se cuestione la supervivencia de esta en el futuro próximo, fundada esta aseveración en los avances tecnológicos, la automatización de los procesos, sistemas de cómputo y comunicación.

70 Cultura tributaria en México. Necesidad imperante Actualmente, la percepción de los contribuyentes y de la población mexicana en general manifiesta descontento ante la carga tributaria impuesta. Lo anterior se relaciona con diversos factores que aún pueden tratarse y solucionarse por medio de la educación y el fomento de la cultura tributaria, con el objetivo de que sea esta la que provea a las nuevas generaciones, futuros contribuyentes, de los elementos teóricos y éticos necesarios para cumplir, de manera eficiente y oportuna, con las obligaciones fiscales. 77 El copiloto En este artículo se examina la relevancia que tiene la labor del Contador Público en las empresas, pues hoy en día ocupa un lugar destacado dentro de estas organizaciones al grado de convertirse en un copiloto cuyo accionar cubre distintas facetas, las cuales van desde el asesoramiento en materia contable, fiscal, de costos, financiera, administrativa, laboral, seguridad social y presupuestal hasta la determinación del pago de impuestos; cálculo de nómina, vacaciones, aguinaldo, reparto de utilidades y finiquitos; elaboración de estados financieros, planes de sucesión empresarial; inversión en fondos fijos, instrumentos gubernamentales y otros de bajo riesgo, etcétera.

CONTADURÍA PÚBLICA 13 MEJORES ARTÍCULOS 12 Síntesis El objetivo principal de este artículo es resaltar las cualidades que esta forma de turismo sustentable, conocida como turismo alternativo, tiene para que las actividades turísticas se realicen en los lugares adecuados y con las medidas necesarias para minimizar sus impactos sobre el medio natural en la zona sur de México, en particular el estado de Quintana Roo, y considerando las implicaciones sobre el desarrollo económico que la pandemia de COVID-19 ha causado a escala mundial. Dra. Elisa Guillén Arguelles Profesora Investigadora del Tecnológico Nacional de México Campus Cancún elisa.ga@cancun.tecnm.mx Dr. Kennedy Obombo Magio Cátedra CONACYT comisionado al Tecnológico Nacional de México Campus Cancún kmagio@conacyt.mx Dra. Mónica Velarde Valdez Profesora Investigadora de la Universidad Autónoma de Occidente monica.velarde@uadeo.mx Turismo alternativo Introducción El turismo es una de las principales actividades económicas de México. De acuerdo con datos de la Secretaría de Turismo (Sectur-Datatur, 2020, p. 5), en 2019, justo antes de la pandemia de COVID-19, México ocupaba el 7º lugar a escala mundial por las llegadas de turistas internacionales que fueron de 45 millones, y el 16º lugar por ingresos de divisas de turistas internacionales que ascendieron a 24.6 mil millones de dólares. La participación del turismo en la economía del país en 2018, en cuanto al Producto Interno Bruto (PIB) fue de 8.7%, correspondiendo 7.7% a los servicios y 1% a los bienes (p. 6). Sin embargo, esta afluencia masiva de turistas internacionales ha causado también, a lo largo de los años, impactos negativos sobre los activos ambientales turísticos, como playas, zonas arqueológicas, ecosistemas y biodiversidad, por mencionar algunos, a pesar de la regulación ambiental existente. Y más recientemente, a partir de 2020, el turismo participó en la dispersión de la pandemia del virus COVID-19, aun cuando no se ha reconocido esta afectación. El problema principal no son las actividades turísticas per se, sino la falta de planeación estratégica para determinar la capacidad de carga adecuada que los Estrategia para el crecimiento de la zona sur de México, después del COVID-19 conserve y proteja del deterioro, en el menor de los casos, o de su pérdida y daño irreversible en el peor escenario, en el caso de los impactos sobre los recursos naturales y hechos por el hombre y el desconocimiento de la trascendencia de los efectos de la pandemia en la salud de la población a escala mundial y en el propio crecimiento de la actividad turística. Las cifras de disminución de los flujos y de los ingresos turísticos en todos los destinos a escala internacional muestran que los estragos de la pandemia han sido devastadores, no solo en términos de salud, sino por los enormes impactos económicos y sociales que se han producido. La Organización Mundial del Turismo (OMT) estimó que el turismo mundial tuvo en 2020 la peor disminución que jamás haya tenido: 74% en las llegadas de turistas internacionales, debido al temor por la pandemia y a las restricciones impuestas por los países a los viajeros (UNTWO, 2020). En términos de pérdidas de ingresos, se estimaron en 1.3 billones de dólares, poniendo en riesgo entre 100 y 120 millones de empleos turísticos directos, con impactos muy fuertes principalmente en las pequeñas y medianas empresas que, a su vez, han causado impactos económicos graves en otros sectores de la economía que dependen del turismo. Estas cifras demuestran no solo la importancia del turismo como actividad económica, sino también la vulnerabilidad de su demanda ante contingencias ambientales, económicas, sociales y sanitarias como la que se vive hoy en día. De ahí que los gobiernos han buscado la diversificación de la demanda turística hacia corrientes menos agresivas y más ambientalmente amigables, como el turismo alternativo, que requiere mayor responsabilidad, tanto de los visitantes como de los anfitriones, por protegerlos y conservarlos, al tiempo que generan beneficios económicos, observando principios de sustentabilidad en su aprovechamiento. El turismo alternativo como estrategia alterna para el desarrollo El estado de Quintana Roo es uno de los principales destinos turísticos del país, con reconocimiento a escala nacional e internacional, y es también uno de los principales generadores de ingresos, como lo evidencian las estadísticas de la Secretaría de Turismo deQuintana Roo (SEDETUR, 2020). En 2019 el estado generó una derrama económica de 16,213.16 millones de dólares en los principales centros turísticos como Cancún, Cozumel, Isla Mujeres y la Riviera Maya, que se encuentran localizados en la zona norte del estado. La oferta hotelera de cuartos fue de 107,128 con una ocupación promedio de 70.38% y un total de llegadas de 15,092,762 turistas en sus principales destinos. Sin embargo, la llegada de estos flujos de visitantes se ha restringido mucho con la pandemia, pues como se ha visto desde la temporada vacacional de Semana Santa del año en curso, los contagios por el COVID-19 tienen a la entidad como la única en el país en semáforo rojo, de ahí la necesidad de cambiar a otros modelos de turismo sustentable como el turismo alternativo, que permite gestionar las llegadas de turistas, respetando la capacidad de carga y evitando los flujos excesivos que impidan la propagación de la pandemia, recibir elevados ingresos internacionales y generar beneficios económicos, sociales y ambientales. La Secretaría de Turismo de México (SECTUR, 2017, pp. 6-8) define al turismo alternativo como “aquellas actividades turísticas que se basan en el interés de realizar un viaje, especialmente en contacto con la naturaleza, al aire libre y en zonas rurales, que se desarrollan bajo los criterios de la sustentabilidad y con el objetivo de conocer, respetar, disfrutar, cuidar y conservar los recursos naturales y culturales”, e identifica y promueve tres modalidades: ecoturismo, turismo rural y turismo de aventura. Las cifras de disminución de los flujos e ingresos turísticos en todos los destinos a escala internacional muestran que los estragos de la pandemia han sido devastadores

MEJORES ARTÍCULOS 14 El ecoturismo incluye “los viajes que tienen como fin el realizar actividades recreativas de apreciación y conocimiento de la naturalez a través del contacto con la misma…”, por ejemplo: observación y rescate de flora, fauna, fósiles, ecosistemas, fenómenos y atractivos especiales naturales, geológica y sideral, safari fotográfico, senderismo interpretativo, proyectos de investigación biológica, talleres de educación ambiental, entre otros. El turismo rural se refiere a “los viajes que tienen como fin el realizar actividades de convivencia e interacción con una comunidad rural, en todas aquellas expresiones sociales, culturales y productivas cotidianas de la misma…”. De hecho, esta es la modalidad de turismo alternativo que el gobierno del estado de Quintana Roo ha promovido desde la aparición de la pandemia, que lo considera como “una verdadera alternativa que debe ser parte de nuestro producto turístico y generar prosperidad en nuestras comunidades, para que nuestra gente mantenga la producción de materias primas como sustento y, mediante el turismo, tenga la oportunidad de mejorar su economía” (Gobierno del Estado de Quintana Roo, 2020). La realización de la Semana del Turismo Rural en el Caribe Mexicano del 27 de septiembre al 2 de octubre tuvo como objetivo destacar esta actividad como alternativa de desarrollo y prosperidad para las comunidades quintanarroenses, promoviendo actividades como agroturismo, visita a pueblos indígenas, talleres artesanales, gastronomía regional, vivencias místicas, etnoturismo, fotografía rural y medicina tradicional, por mencionar algunas. Por último, el turismo de aventura, que lo define como “los viajes que tienen como fin el realizar actividades recreativas, asociadas a desafíos impuestos por la naturaleza, donde se participa de la armonía con el medio ambiente, respetando el patrimonio natural, cultural e histórico…”; ejemplos: caminata, espeleísmo, rappel, snorkeleo, tirolesa, buceo en cenotes, ciclismo de montaña, nado con tiburones, kayaquismo, pesca recreativa, paracaidismo, entre otros. La zona sur de México es rica en atractivos naturales y culturales que bien aprovechados y administrados como turismo alternativo pueden representar una estrategia que promueva la actividad turística, de acuerdo con principios de sustentabilidad y así lograr el repunte del crecimiento económico que se vio afectado por una pandemia de consecuencias sin precedentes por la dependencia de la economía en este sector del turismo. Referencias Gobierno del Estado de Quintana Roo (2020). Iniciamos con la Semana del Turismo Rural en el Caribe Mexicano. Secretaría de Turismo. https://qroo.gob.mx/sedetur/iniciamos-con-la-semana-del-turismo-rural-en-el-caribe-mexicano SECTUR, Secretaría de Turismo (2017). Estrategia para el Impulso y Desarrollo del Turismo de Naturaleza en México. Dirección General de Planeación. Dirección de Política Intersectorial. SECTUR, Secretaría de Turismo – Datatur (2020). Compendio Estadístico del Turismo en México. Análisis Integral del Turismo. https://datatur.sectur.gob.mx/SitePages/CompendioEstadistico.aspx SEDETUR, Secretaría de Turismo del Estado de Quintana Roo (2020). Indicadores Turísticos. https:// sedeturqroo.gob.mx/ARCHIVOS/indicadores/Indicador-Tur-Dic-2019.pdf UNWTO, Organización Mundial del Turismo (28.01.2021). 2020: el peor año de la historia del turismo, con mil millones menos de llegadas internacionales. Comunicado de prensa: https://webunwto.s3.eu-west-1.amazonaws.com/s3fs-public/2021-01/210128-barometer-es.pdf?afhE7NpuFgX_3avC5b8GTiE2T7Ptcw9J ISSN 2594-1976 Año 50-589-SEPTIEMBRE 2021 Héctor Amaya Estrella Vicepresidente de Fiscal del IMCP Entrevista Subcontratación laboral en México

MEJORES ARTÍCULOS 16 CONTADURÍA PÚBLICA 17 La transición de los trabajadores en la reforma de outsourcing Mtro. Romeo Angulo Gutiérrez Director de AG Asesores, S.C. Vicepresidente Fiscal del IMCP, A.C. romeoangulo@prodigy.net.mx Síntesis Sin duda, la reciente reforma de prohibir la subcontratación laboral (outsourcing) y regular la contratación de servicios especializados o la ejecución de obra especializada, vino a ser un golpe de timón para reencausar la objetividad de las relaciones de trabajo, tanto en lo legal como en lo moral. Lo anterior, debido a que era tanto el desvío de los causes en el sistema de seguridad social y fiscal por una desvirtuación de la realidad, que se ajustaban incluso los valores de convivencia, con severos efectos negativos en la recaudación fiscal y en las prestaciones que la seguridad social otorga a los trabajadores y sus familias, en los renglones de salud, vivienda y pensiones. Aspectos laborales, de seguridad social y fiscales Introducción El incumplimiento de la prohibición de la subcontratación laboral y la regulación de la contratación de servicios especializados o la ejecución de obra especializada tiene sanciones y efectos económicos cuantiosos en lo laboral, seguridad social y fiscales, incluso con la consideración de ser catalogado como un delito de defraudación fiscal. Es preciso señalar, que un gran número de empresas prestadoras de servicios pertenecientes a grupos empresariales se vieron afectadas por las limitaciones de la reforma al esquema de subcontratación, ya que durante, por lo menos tres décadas, habían estado operando y cumpliendo adecuadamente con las obligaciones laborales de seguridad social y fiscales, y con unmanejo negociado en el pago de la Participación de Utilidades (PTU), situación que les permitía operar de manera más eficaz y rentable en la interacción con las empresas de dichos grupos. Sin embargo, tanto las empresas beneficiarias que estuvieron utilizando régimen de subcontratación con prestadoras de servicios con dudoso cumplimiento pleno de las obligaciones laborales, de seguridad social y fiscales, como aquellas que lo hicieron correctamente, están obligadas a realizar la transición de los trabajadores de las empresas prestadoras de servicios, a las empresas beneficiarias de los mismos, lo que implicará que se reconozcan los derechos laborales, incluida la antigüedad en el empleo, con los consecuentes efectos en las obligaciones de seguridad social y fiscales, utilizándose el “Esquema de Sustitución Patronal Especial” que la propia reforma estableció en su artículo cuarto transitorio, para que por un período de 90 días naturales posteriores a la fecha de inicio de la vigencia de la reforma, se considerara como tal, aun cuando no se cumpliera el requisito de transferencia de los bienes objeto de la empresa o establecimiento. Aspectos laborales en la transición de los trabajadores Unode losobjetivosde la reformade la subcontratación laboral, es el de restituir el derecho de los trabajadores a las prestaciones laborales y de seguridad social, mismas que se derivan del reconocimiento y la formalización de las relaciones de trabajo, para efectos de llevar a cabo la transición de los trabajadores de las prestadoras de servicios a las empresas beneficiarias constituidas ahora en receptoras, se utilizaron entre otros, los siguientes tratamientos. Terminación de la relación de trabajo con las prestadoras de servicios, liquidando a los trabajadores y recontratando en las empresas beneficiarias En esta modalidad de transición, se siguió en algunos casos el siguiente proceso: > Obtención de renuncias voluntarias por parte de los trabajadores. > Finiquito de la relación laboral con el pago de las proporciones de aguinaldo, vacaciones, prima vacacional, y cualquier otra prestación, distinta a la Prima de Antigüedad. > Al mismo tiempo, otorgando una carta de reconocimiento de antigüedad de la empresa beneficiaria que les estaría recibiendo. > Inscribiendo en el IMSS con el mismo Salario Base de Cotización / Aportación (INFONAVIT) reportado previo a la transición. Al respecto, era importante considerar que el pretender desvirtuar la objetividad de una verdadera sustitución patronal, con la situación señalada anteriormente, quizá motivada por el interés de pretender reducir costos y responsabilidades para las partes (patrones sustituto y sustituido). Sin embargo, se debe tener claro el alto riesgo de fiscalización para el patrón sustituto, con sus consecuentes costos a los que se exponen. En el caso de aquellas empresas que dieron cumplimiento a todo el proceso de liquidación de los trabajadores, indemnizando en los términos de la Ley Federal del Trabajo, el despido, incluyendo la antigüedad, y recontratando no tendrán mayores problemas si las responsabilidades laborales, de seguridad social y fiscales se cumplen de acuerdo con los nuevos términos pactados. Fusión de las empresas prestadoras de servicios y las beneficiarias, desapareciendo como fusionada la prestadora En algunos casos, la mejor opción para la transición derivada de la reforma fue la fusión entre las empresas prestadoras de servicios y las empresas beneficiarias, con lo anterior, se mantienen las mismas condiciones laborales y operatividad integrada a la fusionante, y para el caso de la fijación de la prima para efectos del pago de las cuotas en el seguro de riesgos de trabajo, el Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización (RACERF), establece en su artículo 28, fracción IV, el procedimiento para su determinación, tomando como base la prima de la fusionante en el caso de tener la misma clasificación ambas partes, con el efecto en el cálculo de la prima anual, de considerar los riesgos de trabajo de la fusionada y la propia fusionante (procedimiento similar al establecido para la sustitución patronal especial en el artículo séptimo transitorio de la multicitada reforma). Sustitución patronal “especial” El tratamiento de mayor aplicación en la transición del personal de las empresas prestadoras, a las empresas beneficiarias (receptoras), fue el de Sustitución Patronal que se estableció en el artículo cuarto transitorio de la reforma, como una consideración “especial”, aunque más bien fue el reconocimiento a la realidad operativa de las prestadoras de servicios, quienes no disponían de los bienes con los cuales se realizaban las actividades en las beneficiarias, pues éstas últimas son realmente quienes disponen de dichos bienes objeto de la empresa. Para tal efecto, se otorgó el plazo de 90 días naturales ya señalado anteriormente. Se precisa, que también se estableció como requisito básico en dicho artículo transitorio, el que en todo caso se deberían reconocer los derechos laborales, incluida su antigüedad, que se hubiera generado por el efecto de la relación de trabajo. Para lo anterior, y con el fin de dar formalidad a las relaciones laborales y cumplir con la legalidad de la sustitución patronal de reconocer los derechos laborales y la antigüedad en el empleo, fue necesario que:

MEJORES ARTÍCULOS 18 CONTADURÍA PÚBLICA 19 > Se celebraran los convenios de sustitución patronal entre las prestadoras de servicios y las empresas beneficiarias, considerando en dichos convenios la participación de las representaciones sindicales, cuando fuera el caso de contar con sindicatos. > De igualmanera, se requirió informar a la totalidad de los trabajadores en cada centrode trabajomediante comunicados de la sustituciónpatronal, así como a cada unode ellos pormediode constancias personalizadas, obteniendo su consentimiento mediante firma autógrafa y/ohuella digital, en las que se les dan a conocer los efectos legales de la sustitución, al reconocer sus derechos laborales y de antigüedad en el empleo. Adicionalmente, el patrón sustituto deberá cumplir con otras obligaciones laborales aplicables a su giro y operatividad, formalizando los documentos y trámites siguientes: > Contratos de Trabajo Individuales o Colectivos. > En su caso, Carta-Convenio de Reconocimiento del Contrato Vigente con el Patrón Sustituido. > Reglamento Interior de Trabajo. > Comisión de Seguridad e Higiene en el Trabajo > Comisión de Capacitación, Adiestramiento y Productividad > Cumplimiento de la diversas NOM en materia laboral aplicables. > Inscripción ante INFONACOT. > Traspaso de Fondos y Cajas de Ahorro. > Reglamento de Gastos de Viaje, etcétera. Participación de utilidades Uno de los temas que llevó amplios análisis en las empresas generadoras de utilidades fue el del pago de la PTU (con las referencias de pago de tresmeses de salario o lo recibido en promedio de los últimos tres años, el mayor), que derivado de la reforma al incorporar a los trabajadores implicaría elevados costos, que aunque legales, no estaban contemplados en los planes de rentabilidad de los negocios, ya que bajo el esquema de la utilización de prestadoras de servicios podían administrar a la medida el pago de la PTU a los trabajadores, negociándose en los contratos de trabajo, principalmente los colectivos, donde se establecían pagos en equivalencia de días o meses, atendiendo al sector económico donde actuaba cada empresa. Esta reforma en particular fue sin duda un elemento fundamental para replantear la estrategia de negocios de algunas empresas en lo individual o de grupos empresariales, y que sería conveniente se revisaran en atención al artículo 5 del Código Fiscal de la Federación, en lo relativo a la razón de negocios. Tal es el caso, de aquellos que redefinieron el funcionamiento del grupo empresarial para establecer que la operadora industrial, comercial o de servicios, que fuera propietaria de los activos se convirtiera en arrendadora, creando una nueva operadora que recibiría a los trabajadores que tenía la prestadora de servicios, y derivar beneficios de utilidades no distribuibles en la arrendadora, cumpliendo en su caso, con los precios de transferencia entre partes relacionadas por el cobro de los arrendamientos. Servicios especializados y/o ejecución de obra especializada Asímismo, a raíz de la prohibiciónde la subcontratación laboral, se estableció la opción de permitir la contratación de servicios especializados y/o ejecución de obra especializada, condicionando que los mismos no formarán parte del objeto social ni de la actividad económica preponderante de la beneficiaria de estos, siempre que el contratista esté registrado en el padrón público que la STPS establezca y controle, además de estar al corriente en sus obligaciones de seguridad Se debe revisar la hoja de ruta seguida para la implementación de las acciones necesarias para atender los requerimientos derivados de la reforma de subcontratación laboral social y fiscales, estableciendo severas sanciones económicas para quienes infringieran dicha limitación, además de establecer una serie de requisitos que demuestren estar en condiciones de poder prestar dichos servicios. El efecto laboral que se presenta en este esquema de contratación es la responsabilidad solidaria de la contratante, para con la contratista, en el caso de que esta última no cumpla con sus obligaciones derivadas de la relación laboral con cada uno de sus trabajadores. Aspectos de seguridad social de la transición de los trabajadores Como ya se señaló, en uno de los objetivos de la reforma de la subcontratación laboral, se contempla la restitución de los derechos de los trabajadores a la seguridad social, lo anterior, estaba dirigido principalmente al caso de aquellos que venían trabajando en empresas prestadoras de servicios en las que no los inscribían en el IMSS, o se reportaban las salarios base de cotización y/o aportación (INFONAVIT) menores a los reales, lo que representaba serias afectaciones a las prestaciones de salud, vivienda y pensiones de los trabajadores y sus beneficiarios. Las relaciones laborales son la base legal para el derecho de los trabajadores a los beneficios de la seguridad social, el que se reconozcan y se formalicen las mismas al transferir a los trabajadores de las prestadoras de servicios a las empresas beneficiarias, constituidas ahora en receptoras, se resarcen derechos que la reforma señala. Para lo anterior, las empresas beneficiarias debieron registrarse como patrones ante el IMSS, en el caso de no haber contado con Registro Patronal previo, o reactivado el o los registros inactivos (sin trabajadores inscritos, por plazos mayores a seis meses). La transferencia de los trabajadores se realiza por medio de diferentes esquemas (ya comentados en la sección de Aspectos Laborales), siendo el más utilizado, el de la Sustitución Patronal “Especial” que estableció el IMSS para dicha transición, para lo cual definió las reglas operativas en el artículo séptimo transitorio de la reforma, teniendo como referencia al artículo cuarto transitorio de la referida reforma, relativo al tratamiento de sustitución patronal, misma que considera como elemento esencial, el reconocimiento a los trabajadores de sus derechos laborales, incluida la antigüedad laboral, lo que para efectos del IMSS e INFONAVIT, no influiría en el SBC /SBA con el que los trabajadores serían transferidos del patrón sustituido, al patrón sustituto, siempre que hubieran estado correctamente determinados. En el caso de que el IMSS en ejercicio de sus facultades de comprobación, detectará que no se cubrieron correctamente las cuotas obrero-patronales por parte de las empresas prestadoras de servicios (patrones sustituidos), haría efectivo el cobro de los créditos fiscales correspondientes con el patrón sustituto, derivado de la responsabilidad asumida en el reconocimiento de la relación laboral con todos sus derechos. Sustitución Patronal “Especial” ante el IMSS, para efectos del seguro de riesgos de trabajo Asimismo, en el artículo séptimo transitorio, el IMSS a fin de dar trámite a la sustitución patronal “especial”, estableció como requisito la correcta clasificación en el seguro de riesgos de trabajo, tanto de las prestadoras de servicios como de las beneficiarias, para que el patrón sustituto (beneficiaria-receptora) conservara la prima con la que venía cubriendo las cuotas correspondientes el patrón sustituido (prestadora de servicios), estableciéndose que en el caso de no darse esta circunstancia, se aplicaría para el pago de las cuotas del seguro referido, la prima media de la clase en la que se ubicara la empresa receptora. Igualmente, para el caso de que la empresa beneficiaria estuviera operando con personal en un registro patronal propio previo a la sustitución, al recibir trabajadores de una o varias prestadoras con la misma condición de estar correctamente clasificadas, se consideraría la prima con la que se venían cubriendo las cuotas de los trabajadores a transferir por cada una de ellas, determinando una prima ponderada (proporción matemática relativa de cuotas del SRT y salarios bases de cotización), con la que se cubrirían las cuotas de dicho seguro a partir de la sustitución, y hasta mes febrero del año siguiente, considerando para la determinación de la prima del ejercicio 2021, los riesgos de trabajo terminados que cada empresa prestadora (sustituidas) hubiera tenido en dicho ejercicio en los meses previos a la referida sustitución, y los de la propia empresa beneficiaria, de todo el ejercicio. El procedimiento señalado en los dos párrafos anteriores, se sustentanen la correcta clasificaciónpara efectos del seguro de riesgos de trabajo que debieron haber tenido las prestadoras de servicios, pero que en el fondo no es otra cosa, que un instrumento de fiscalización por demás efectivo, que en fechas posteriores a la notificación de las sustituciones patronales por parte de los patrones sustitutos, comenzará una intensa campaña de verificación que llevará en muchos de los casos, a iniciar facultades de comprobación de la correcta clasificación que debieron haber tenido los patrones sustituidos, con el beneficio para el IMSS que podrá hacer efectivo los créditos fiscales si así fuera el caso, con los patrones sustitutos, dada la responsabilidad asumida con la sustitución patronal.

MEJORES ARTÍCULOS 20 Aspectos fiscales en la transición de los trabajadores El punto sustancial de la reforma es la prohibición de la subcontratación de personal, y permitir de forma muy regulada, la prestación de servicios especializados o la ejecución de obra especializada. Entre los aspectos fiscales incluidos en la reforma, se destacan por sus implicaciones económicas y de responsabilidad, las siguientes: > Considerar como delito de defraudación fiscal, el hecho de contravenir la prohibición de la subcontratación laboral, o el incumplimiento de las regulaciones en el caso de la prestación de servicios especializado (PSE) o ejecución de obra especializada (EOE). > No deducir para efectos de Impuesto Sobre la Renta las erogaciones efectuadas por actos derivados de la prohibición de la subcontratación laboral, o el incumplimiento de las regulaciones en el caso de la PSE y/o EOE. > No acreditar para efectos del Impuesto al Valor Agregado causado en las erogaciones efectuadas por actos derivados de la prohibición de la subcontratación laboral, o el incumplimiento de las regulaciones en el caso de la PSE y/o EOE. Controles y consideraciones en la contratación de servicios especializados o ejecución de obra especializada Como parte de los controles internos que habrán de implementarse por parte de las empresas beneficiarias de estos servicios, en la celebración de contratos de SE y/o EOE, para evitar incurrir en infracciones con las consecuencias señaladas anteriormente, se señalan entre otros los siguientes básicos: > Solicitar a la contratista el registro ante la STPS, con la autorización de las actividades para los servicios especializados que se contratan. > Verificar la vigencia del registro de la contratista cuando se le realicen pagos por dichos servicios. > Solicitar a la contratista la documentación y/o información que acredite el cumplimiento de obligaciones fiscales y de seguridad social de la contratista por los trabajadores que haya puesto a disposición para beneficio de la contratante. (Declaraciones Fiscales SAT, Cédula SUA IMSS/INFONAVIT, comprobantes de pago bancario). Otras consideraciones fiscales Como cualquier otro patrón, las empresas contratantes deberán considerar lo siguiente: > Presentar ante el SAT el alta o reincorporar la obligación como retenedor del ISR a cargo de los trabajadores por sus ingresos. > Presentar ante la Secretaría de Hacienda Estatal (o su denominación equivalente) el alta o reincorporar la obligación como contribuyente directo del impuesto sobre nóminas o su equivalente. > Alinear las actividades reportadas al SAT, IMSS y Secretaría de Hacienda Estatal. > Alinear los domicilios reportados al SAT, IMSS y Secretaría de Hacienda Estatal. Consideraciones finales Es muy importante revisar la hoja de ruta seguida para la implementación de las acciones necesarias para atender los nuevos requerimientos derivados de la reforma de subcontratación laboral en sus aspectos laborales, de seguridad social y fiscales, ante las diversas dependencias como son: SAT, IMSS/INFONAVIT, SH Estatal, STPS, INFONACOT, además de las adecuaciones operativas internas de las empresas beneficiarias o receptoras, quienes al constituirse en patrones sustitutos, serán objeto de una amplia acción fiscalizadora por cada una de las dependencias señaladas. Uno de los objetivos de la reforma de la subcontratación laboral, es el de restituir el derecho de los trabajadores a las prestaciones laborales y de seguridad social ISSN 2594-1976 Año 50-590-OCTUBRE 2021 Diamantina Perales Flores Presidente del IMCP Entrevista

CONTADURÍA PÚBLICA 23 MEJORES ARTÍCULOS 22 Síntesis El uso de la inteligencia artificial (IA) en las labores de fiscalización en México implica, desde la perspectiva de los autores y ejemplos estudiados, entender que la tecnología de vanguardia puede mejorar en gran medida su productividad y resultados, de modo que implementar la IA es una ventana de oportunidad que reduciría el tiempo dedicado a tareas mecánicas y repetitivas para enfocarlo en actividades de mayor valor en pro de la transparencia y rendición de cuentas en México. Mtro. Humberto Charles Guardiola Colegio de Contadores Públicos de Saltillo, A.C. Titular del Órgano Interno de Control en Corporación Mexicana de Investigación en Materiales, S.A. de C.V. (COMIMSA) hcharles@comimsa.com Inteligencia artificial en la fiscalización en México ¿Una ventana de oportunidades? Introducción Hoy en día México atraviesa por una crisis de confianza pública. Día a día escuchamos en los diferentes medios de comunicación casos de corrupción en dependencias o entidades de la Administración Pública en los tres órdenes de gobierno, si a esto agregamos que para el ejercicio 2021, México tiene un presupuesto de egresos de $6.3 billones de pesos,1 destinados a adquirir bienes, servicios y obras públicas, indispensables para cubrir las necesidades colectivas y diversos programas de gobierno, lo cual lo convierte en el principal comprador del país, aunado a una deficiente fiscalización del gasto público, el riesgo de desviaciones en los procesos y pérdida de recursos financieros debido a la corrupción es enorme. La corrupción es uno de los problemas más graves y extendidos en México. Su omnipresencia y los costos que acarrea permiten categorizarla como el enemigo público número uno,2 entendiendo a este “problema” como la incapacidad para controlarla, es decir, prevenirla, detectarla y sancionarla de manera eficaz. Si a lo anterior sumamos que la Ley General de Contabilidad Gubernamental no ha sido completamente implementada y armonizada, nos hace suponer que la producción de información financiera pública, hasta la fecha, en los tres niveles de gobierno, amén del software de contabilidad gubernamental que utilicen, refleja destellos de imprecisión que dificultan la comparabilidad de la información disponible, no permite un adecuado monitoreo del gasto público y dificulta la toma de decisiones en tiempo óptimo. Por su parte, los entes fiscalizadores, en sus informes de resultados de las auditorías que practican, continúan destacando desviaciones, tanto en los sistemas de control interno como en el ejercicio del gasto público, que debieron ser atendidas por los ejecutores del gasto y tomar acciones correctivas, sin llegar a que se materializaran daños patrimoniales al erario público. Ante este panorama, la labor de los distintos entes fiscalizadores en México ha sumado esfuerzos en la profesionalización de su personal y certificación de capacidades y en buena medida han encontrado aliados poderosos en herramientas tecnológicas como las computadoras, teléfonos celulares inteligentes, hojas de cálculo, sistemas contables amigables, etc., para procesar y validar grandes volúmenes de información, con mayor facilidad y precisión en menor tiempo. Sin embargo, ante los evidentes resultados, la demanda ciudadana, la exigencia y prioridad del Poder Ejecutivo para erradicar la corrupción y con ello sus efectos, ponen en evidencia que deben adoptarse modelos de fiscalización más eficientes, apoyados por tecnología de vanguardia. Con la reforma constitucional enmateriaanticorrupción, publicada en el DiarioOficial de la Federación el 27 de mayo de2015, seestructuraelSistemaNacionalAnticorrupción, sus leyes correlacionadas y el marco normativo aplicable al ejercicio del gasto público, definiéndose en el mismo al Sistema Nacional de Fiscalización, como el conjunto de mecanismos interinstitucionales de coordinación entre los órganos responsables de las tareas de auditoría gubernamental en los distintos órdenes de gobierno, con el objetivo de maximizar la cobertura y el impacto de la fiscalización en todo el país, con base en una visión estratégica, la aplicación de estándares profesionales similares, la creación de capacidades y el intercambio efectivo de información, sin incurrir en duplicidades u omisiones.3 La labor de los distintos entes fiscalizadores ha sumado esfuerzos en la profesionalización de su personal y certificación de capacidades Es por ello que las labores de fiscalización en México, actualmente tienen un área de oportunidad muy importante, la cual consiste en maximizar los escasos recursos con que cuenta para evaluar la gestión gubernamental y poder hacer aportaciones de valor. Esta reflexión autocrítica de los resultados que se han obtenido hasta la fecha, debe verse como oportunidad, no como una debilidad, romper con vicios de formas de trabajo heterogéneas y realizar la transformación que fomente la rendición de cuentas y la transparencia. IA aplicada a la fiscalización en México, ¿qué implica y qué beneficios traería? El camino recorrido, con el apoyo de la tecnología, ha servido a los entes fiscalizadores en la revisión de una gran cantidad de información, así como en la elaboración de muestreos estadísticos para reconocer tendencias, frecuencias, probabilidades, errores matemáticos y omisiones de información. Sin embargo, hace falta dar el salto al uso de la inteligencia artificial (IA) a fin de gestionar riesgos de corrupción y hacer un cambio positivo a favor de la lucha anticorrupción. Ante esta realidad, surgen inquietudes: ¿qué es la IA y cómo funcionaría en las labores de fiscalización? ¿Es posible que el personal de los entes fiscalizadores, con capacidades probadas, se beneficien de la IA? A continuación, despejaremos estas dudas con ejemplos e ideas, pero en principio hablemos de qué es IA. Inteligenciaartificial esunconceptoamplio, enelque se intersectan varias especialidades, tecnologías y herramientas, como las matemáticas, la estadística, la psicología, la ingeniería de software, etc. para que, aplicadas en las Ciencias Computacionales, resuelvan problemas, realicen predicciones en tiempo real e interactúen con otros “entes” humanos y/o electrónicos de forma autómata y con un “comportamiento” similar al humano. Estos “sistemas inteligentes” a menudo se basan en redes neuronales, las cuales consisten en

MEJORES ARTÍCULOS 24 crear o “imitar”, de forma conceptual, la forma en que funciona la estructura del cerebro humano, lo cual le permite al “sistema inteligente” reorganizarse constantemente para lograr una mayor precisión y eficiencia en el objetivo para el que fue creado.4 Rápidamente, en este breve concepto encontramos implícito que, con el apoyo de la IA, los entes fiscalizadores podrán ser más productivos y eficientes, reducir tiempos en tareas repetitivas y de gran volumen de información y que los humanos concentren sus esfuerzos en tareas estratégicas. Recientemente, la Auditoría Superior de la Federación (ASF), en sus revisiones, ha implementado elementos de inteligencia artificial, que han dado los primeros resultados, “[…] Las auditorías de big data consisten en recopilar multifuentes de datos masivos de entidades auditadas, integración de datos heterogéneos y análisis inteligente de los datos. Pueden mejorar la calidad y eficiencia de las auditorías en general”.5 Es por ello que se debe reflexionar con seriedad la implementación de la IA para potenciar el poder de la tecnología disponible, y con ello fortalecer la transparencia y rendición de cuentas en todos los aspectos de la administración gubernamental y las labores de los entes fiscalizadores en México. En este orden de ideas, podemos enunciar algunos beneficios que traería consigo utilizar la IA en las labores de fiscalización en México: > Las computadoras con IA serían capaces de localizar y prevenir patrones, así como tendencias ocultas para apoyar la detección anticipada de fraudes. > Las computadoras con IA realizarían en auditoría, análisis de materialidad y vinculación de referencias; verificarían un porcentaje mayor del universo y no solo una pequeña muestra; evaluarían evidencias con criterios específicos. > Las computadoras con IA apoyarían en realizar evaluaciones de control interno, proponer acciones de mejora y actividades de control. > Las computadoras con IA mejorarían la identificación y prevención de riesgos, dado el acceso a todos los cubos de información disponibles. Estos beneficios y los resultados obtenidos de las pruebas realizadas por la ASF, demuestran que las computadoras que utilizan inteligencia artificial superan en gran medida a los seres humanos en la realización y análisis a profundidad de actividades repetitivas, que requieren mucho tiempo, como el análisis y el manejo de documentos, que actualmente disminuyen el tiempo disponible del personal para labores estratégicas y de asesoramiento. Conclusión Podemos decir que la IA en las labores de fiscalización en México, apenas comienza. Sin embargo, día a día la tecnología avanza a pasos agigantados y es mucho más sofisticada, y si no se integran las tecnologías de vanguardia, en el corto plazo, se perderá la ventaja de ahorrar tiempo, costos y todos los demás beneficios que la IA puede brindar. Con base en lo anterior, asumimos que hoy en día México enfrenta los siguientes retos y desafíos: > Reto, maximizar vía IA los escasos recursos con que cuenta para evaluar la gestión gubernamental y poder hacer aportaciones de valor. > Desafío, armonizar la contabilidad gubernamental de todos los entes públicos de los tres órdenes de gobierno a fin de poder monitorear de manera más efectiva el ejercicio del gasto público, vía una minería de datos. > Reto, dotar a los diferentes entes fiscalizadores con software especializado con estándares profesionales y operativos similares, con capacidades de intercambio efectivo de información, a fin de evitar duplicidades u omisiones en actos de fiscalización. > Desafío, modernizar vía IA sus sistemas operativos, de gestión y fiscalización gubernamental, volviéndose atractivo como empleador para los millennials y los nuevos profesionales de la generación Z. > Reto, permear desde la alta dirección un cambio de mentalidad para asumir los cambios y entender la importancia de la IA, y con ello construir herramientas adecuadas e indispensables para la cimentación de un programa anticorrupción idóneo. 1 Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2021 (2020, 30 de noviembre). Artículo 2. Disponible en: <http://www.diputados.gob. mx/LeyesBiblio/pdf/PEF_2021_301120.pdf>. 2 Casar, M. A. (2015). La corrupción en México: Transamos y no avanzamos. México: IMCO. 3 Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión (2021, 20 de mayo). Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción. Disponible en: <http:// www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGSNA_200521.pdf>. 4 Kaczorowski, M. (2021). Artificial Intelligence in Accounting - What Are Your Possibilities? Ideamotive. Disponible en: <https://www.ideamotive. co/blog/artificial-intelligence-in-accounting>. 5 Gutiérrez, F. (2019, 14 de agosto). ASF y CNBV van por tiros de mayor precisión mediante tecnología. El Economista. Disponible en: <https:// www.eleconomista.com.mx/sectorfinanciero/ASF-y-CNBV-van-por-tirosde-mayor-precision-mediante-tecnologia-20190814-0093.html>.

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