Revista Contaduría Pública Septiembre 2022

Programa Piloto Fase II Una vez finalizada la primera fase del programa piloto y después de que se realizara la evaluación por el Congreso de la Unión, el 21 de octubre de 2020 inició el Programa Piloto Fase II, cuyos principales cambios consistieron en que cada empleador realizase la incorporación de sus trabajadores y que el pago de las cuotas correspondiera solamente a los días que se prestara el servicio. Ambas fases del programa piloto funcionan con un pago de mensualidad adelantada, sin embargo, el problema sigue estando en el inicio de vigencia, ya que al igual que en la fase I, si la incorporación y pago la realizamos antes del día 20del mes actual, la vigencia inicia el primer día del mes siguiente, y si por alguna razón la incorporación y pago se realiza conposterioridad al día 20, el iniciode vigencia se recorre unmes hacia adelante. Lo más trascendental de estos cambios, es que este tipo de trabajadores puedan gozar de las mismas condiciones que sus iguales. En materia laboral, como se ha comentado antes, no tenían derecho a vacaciones, prima vacacional, al pago de aguinaldo, eran sometidos a jornadas excesivas sin remuneración extra, etc. En cuanto a seguridad social, con la operación de este esquema de aseguramiento, las personas trabajadoras del hogar tendrán derecho a todas las prestaciones de los cinco seguros que la LSS prevé en su artículo 11, distinto al caso del régimen voluntario como se muestra a continuación: Seguro de enfermedades y maternidad Seguro de Riesgos de Trabajo Seguro de Invalidez y Vida Seguro de Retiro y Cesantía en Edad Avanzada y Vejez Seguro de Guarderías y Prestaciones Sociales Especie Dinero Especie Dinero Invalidez Vida R C V PS Guardería Régimen Obligatorio Régimen voluntario x x x x Los trabajadores asegurados voluntariamente carecen de las prestaciones en dinero en las ramas de enfermedad y maternidad, y riesgos de trabajo, además de no contar con cobertura de guarderías y prestaciones sociales. Los demás trabajadores del hogar no incorporados, lamentablemente se encuentran desprotegidos en este sentido, y es por eso por lo que se implementan esfuerzos para crear un esquema simplificado que permita incentivar el aseguramiento. Hablando de números Según los datos que presentó el IMSS en su informe al Congreso respecto del Programa Piloto Fase I y II, resaltamos lo siguiente: En México 2,509,497 personas llevan a cabo actividades del hogar de forma remunerada, siendo 88% mujeres y 22% hombres. El 73.8% de las mujeres que llevan a cabo esta actividad no cuentan con prestaciones laborales. De las personas que realizan labores del hogar de forma remunerada, 2.1% de mujeres cuentan con seguridad social como prestación, mientras que los hombres 11.7% la tienen. Según los datos del INEGI, la relación de mujeres trabajadoras del hogar es de ocho a dos con respecto a los hombres, por lo que la discrepancia que tenemos con los datos que arroja el IMSS, se debe a la falta de proporción en la incorporación de las mujeres. Una de cada cinco personas trabajadoras del hogar no tenían historial laboral previo en el IMSS y 42% de quienes estuvieron registradas fue hace más de 10 años. En marzo de 2021, se encontraban a…liados 43,823 trabajadores, de los cuales 66% son mujeres, siendo 28,923 mujeres trabajadoras. Estos trabajadores a…liaron a un total de 53,445 bene…ciarios, siendo 62% hijos, 23% cónyuges y 15% corresponde a sus padres. Desde el inicio de este programa en 2019, se han a…liado 51,053 personas distintas. En 2021 el salario promedio con el que se inscribe a las personas trabajadoras del hogar es de $230.50, el cual es superior al mínimo legal, sin embargo, los salarios que se pagan a los trabajadores que no residen en el domicilio del patrón, superan por mucho ese importe, lo que indica dos cosas: se registran con un salario por debajo al que realmente perciben, o no se registran. Ahora, si consideramos que existen casos en los que los trabajadores residen en el domicilio del patrón y con esto se suma la obligación de proporcionarle el alimento, tenemos que el salario debe incrementarse en 50% por recibir ambas prestaciones. Como los números lo indican, esta actividad sigue operando en la informalidad, lo cual afecta a los trabajadores y sus beneficiarios, y esta situación se resalta en el caso de las mujeres por ser una actividad preponderante de este género. Proyecto de reforma a la LSS Uno de los acontecimientos más relevantes en la seguridad social en México, se suscitó el pasado mes de marzo cuando se aprobó por el Senado de la República el Proyecto de Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan En México nos seguimos enfrentando a la informalidad laboral y a la irresponsabilidad patronal en este sector y en el resto de los trabajadores DOSSIER DOSSIER 16 17

RkJQdWJsaXNoZXIy MTMwNTgyMg==