C.P.C. Guillermo Williams Bautista, M.C.I.E, C.R.M.A., C.F.E.
Socio Director de Auditoría Forense del Noroeste, S.C.
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Síntesis
A la par que se exponen experiencias acerca de la realización de auditorías forenses, se analiza su fundamentación normativa base y se presenta un breve resumen de las características que deben cumplir este tipo de instrumentos técnicos-periciales, a fin de que puedan tener éxito como prueba en los juicios correspondientes para la “acreditación del cuerpo del delito”, de conformidad con lo establecido en las disposiciones fiscales.
Con la finalidad de ubicar un caso en particular, analizaremos brevemente la deducción fiscal de pérdida por fraude en México como ejemplo de lo mencionado en el proemio de este artículo, examinando los elementos primarios para la acreditación de las conductas antijurídicas que producen hechos que las leyes señalan como delitos de naturaleza patrimonial, especiales o faltas administrativas, en su caso, los cuales se mencionan de manera específica y, por supuesto, diferenciada en las disposiciones legales correspondientes a cada país.
Sabiendo de antemano que este texto será consultado en varios países de Latinoamérica por el alcance que tiene la revista Contaduría Pública del Instituto Mexicano de Contadores Públicos, se abordarán los temas desde una perspectiva más universal, utilizando algunas cuestiones peculiares de México para ejemplificar el contenido de los comentarios aquí expuestos y ser concordantes con el título de este artículo.
En este sentido, la denominada prueba pericial es admitida en casi cualquier parte del mundo durante un juicio de recuperación de fondos y de establecimiento de responsabilidades, el cual también sirve de base para la emisión de penas y condenas.
Esta prueba pericial se define como la opinión fundamentada de un experto en determinada materia que mediante herramientas de carácter técnico o científico llega a determinar, de forma razonable y preferentemente con carácter irrefutable, cómo sucedió determinado hecho o suceso e inclusive los factores que dieron lugar a alguna circunstancia en particular.
El informe de auditoría forense puede ser la diferencia entre acreditar las conductas o hechos antijurídicos e irregulares o no hacerlo
Dentro de los peritos podemos encontrar doctores, ingenieros, arquitectos, químicos, psicólogos, expertos en documentoscopía, grafoscopía, lenguas indígenas y, por supuesto, auditores forenses.
Cada uno, en su respectiva materia, tiene que allegarse de las formas de convicción, primeramente, hacia su propio juicio, para después, en caso de que el asunto se lleve a tribunales de justicia, convencer a jurados, jueces, magistrados e integrantes del sistema judicial para poder exponer cuál es el fundamento de su opinión.
De realizar de manera correcta su trabajo, este podría constituirse en una prueba para acreditar o desacreditar el acto, asunto o hecho en controversia; sin embargo, es importante mencionar que el concepto, denominación y forma de presentar una prueba podría ser diferente, de conformidad con la legislación de cada país, así como el modo de conceptualizar o acreditar las capacidades técnicas del perito o experto en la materia, o bien el manejo, forma y presentación de una pericial.
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