C.P.C. Catalina Mejía Balcázar
Socia de auditoría en Durán Silva, S.C.
Integrante de la Comisión Administradora de Calidad del IMCP
cmb@duransilva.com.mx
Síntesis
En 2010 fueron creadas la Comisión Administradora de Calidad (CAC) y la Comisión Técnica de Calidad (CTC) del Instituto, las cuales deben ser constituidas en cada uno de los Colegios Federados para que, en conjunto, logren los objetivos en común de la calidad de los servicios prestados por sus asociados, y fortalezcan la práctica profesional de sus integrantes, permeando su conocimiento, experiencia y habilidad hacia a otros asociados.
La misión del Instituto Mexicano de Contado- res Públicos es fortalecer a la comunidad contable en su desarrollo humano y profesional dentro de los más altos estándares éticos, en beneficio de la sociedad. En consecuencia, los valores en los que se basa la misión antes descrita y que rigen su actuación y la de las asociaciones Federadas al mismo, son la verdad, la integridad, la responsabilidad y el compromiso.1
Implementar metodologías de calidad nos permitirá contribuira la credibilidad de nuestros servicios ante la sociedad, en la satisfacción de nuestros clientes, al mejoramiento y permanencia de nuestra firma.
Ante esta gran misión, el Instituto durante la última década ha impulsado de manera ejemplar la adopción de normatividad internacional que le permita estar a la vanguardia para llevar a la profesión contable al siguiente nivel, es por ello que en 2010 fue adoptada en nuestro país la Norma de Control de Calidad aplicable a las Firmas de Contadores Públicos que desempeñan auditorías y revisiones de información financiera, trabajos para atestiguar y otros servicios relacionados (NCC), y casi de manera inmediata, en 2011, fue emitida la Norma de Revisión de Control de Calidad (NRCC), la cual permite verificar el cumplimiento de cada uno de los seis elementos que integran la NCC a las Firmas que les es aplicable.
Estas normas requieren que el Contador Público lleve a cabo su función basado en el cumplimiento de normas, leyes y regulaciones que le sean aplicables a cada uno los servicios profesionales, contando para ello con políticas y procedimientos por escrito de control de calidad que, regularmente, se integran en un documento denominado “Manual de Control de Calidad”, el cual se encontrará en una dinámica de mejora continua que permitirá fortalecer los controles internos de la firma, siendo esta la manera más efectiva de obtener un resultado de calidad en los trabajos desarrollados por el Contador Público independiente.
Al Instituto se encuentran afiliados 60 Colegios de Contadores Públicos (Colegios Federados) con más de 22,000 asociados, los cuales se encuentran agrupados en cinco regiones con la representación de un Vicepresidente Regional, quien deberá im- pulsar junto con el Presidente de cada uno de los Colegios Federados el cumplimiento de la normatividad emitida por el Instituto, como se describe en sus Estatutos en el Capítulo II en su artículo 2.06 donde se precisa que las Federadas, además de haber satisfecho los requisitos generales establecidos por el artículo 2.01 de estos Estatutos, tendrán las siguientes obligaciones:
Promover y llevar a cabo las medidas necesarias para facilitar a los asociados dedicados a la práctica independiente, el cumplimiento de la Norma de Revisión de Control de Calidad Profesional para Contadores Públicos dedicados a la Práctica Independiente, e informar anualmente al Instituto el cumplimiento de esta norma por cada uno de sus asociados.2
La CAC, en cumplimiento con la NRCC, debe informar a la Junta de Honor de las Federadas los casos de incumplimiento de la NCC y NRCC para su conocimiento y atención
Por ello, de manera anual, se tiene la obligación de presentar a más tardar en junio de cada año la Manifestación de Cumplimiento de la NCC.
Asimismo, uno de los objetivos estratégicos del Instituto es la promoción del desarrollo de las comisiones de trabajo técnicas y administrativas a cargo de la Vicepresidencia de Calidad de la Práctica Profesional, para ello, en 2010 fueron creadas la Comisión Administradora de Calidad (CAC) y la Comisión Técnica de Calidad (CTC) del Instituto, ambas comisiones de trabajo deben ser constituidas en cada uno de los Federados para que en conjunto se logren los objetivos en común respecto a la calidad de los servicios prestados por sus asociados.
La CAC y la CTC del Instituto se reúnen mensualmente durante todo el año para dar el adecuado seguimiento a sus funciones y actividades.
A continuación, se describen las obligaciones de manera enunciativa que deben cumplir cada una de las comisiones antes mencionadas:
La Comisión Administradora de Calidad, en cumplimiento con la Norma de Revisión de Control de Calidad (NRCC), tiene las siguientes obligaciones:
I. Vigilar y supervisar el registro de las firmas que están sujetas a la NCC.
II. Determinar la frecuencia de las revisiones.
III. Aprobar los equipos revisores.
IV. Mantener un programa constante de difusión de la NRCC, así como de cualquier modificación a la misma.
V. Orientar a los socios sobre cualquier consulta respecto a la aplicación de la NCC y NRCC.
VI. Nombrar un árbitro, o bien servir de árbitro, en el caso de discrepancias de criterio en los resultados de la revisión de la CTC.
VII. Dar seguimiento al cumplimiento de los planes de corrección de de ciencias encontradas al efectuar las revisiones de control de calidad.
VIII. Vigilar el cumplimiento de los reglamentos de la NRCC.
IX. Informar a la Junta de Honor de las Federa- das los casos de incumplimiento de la NCC y NRCC para su conocimiento y atención.
X. Desempeñar cualquier otra actividad administrativa que considere conveniente para el desarrollo, promoción y buen funcionamiento de los Programas de Revisión de Control de Calidad.
Ver el artículo completo, clic aquí