Síntesis
Aunque hay divergencias sobre las posturas y acciones, los activos virtuales son una realidad. Ante esta situación, México ya cuenta con Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera, que da soporte a las operaciones con activos virtuales bajo los criterios del Banco de México y a la participación e incorporación de nuevos participantes, productos, servicios y reglas para que interactúen en el marco de un sistema financiero estable.
Con la Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera (Ley Fintech) las Instituciones de Tecnología Financiera (ITF) tienen capacidad de operar con activos virtuales, entendidos como las representaciones de un valor digital verificable, que no se encuentran emitidos ni respaldados por ningún banco central o entidad financiera, es decir, que no tienen curso legal y, a pesar de eso, generan unidades para su intercambio debido a su aceptación por el público.1
Además, en la ley se añade que las ITF podrán constituir depósitos en entidades financieras autorizadas para recibirlos, y que será facultad del Banco de México prever situaciones relacionadas con la transformación o modicación de características de los activos virtuales.
En marzo de 2019, el Banco de México emitió las Disposiciones de Carácter General para el manejo de activos virtuales
En respuesta a su mandato, en marzo de 2019 el Banco de México emitió las Disposiciones de Carácter General para el manejo de activos virtuales. En ellas, indicó que solo permitirá que los bancos y las ITF, reguladas bajo la Ley Fintech, realicen operaciones con activos virtuales de manera interna, sin trasladar el riesgo a sus usuarios.
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