De la persona que trabaja de forma independiente en una localidad de menos de cien mil habitantes al socio de una de las llamadas “Big 4”; del profesionista que se emplea en una micro empresa al CFO de una trasnacional; del docente de una modesta preparatoria técnica en contabilidad al profesor investigador con reconocimiento del Sistema Nacional de Investigadores (SNI) del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología; del auxiliar contable en un organismo paramunicipal al secretario de Estado federal; todos sin distingo hemos vivido, casi sin haberlo percibido, una transformación en la vida profesional contable.
Podríamos empezar por la propia normatividad que nos rige, la cual en otra época fue totalmente auto regulatoria. No obstante, hoy en día, la hemos cedido a entidades de las que nuestro Instituto Mexicano de Contadores Públicos forma parte, como el caso de la transición de los Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados a las Normas de Información Financiera. ¿Y qué ocurrió con las Normas y Procedimientos de Auditoría Generalmente Aceptadas? Ahora suscribimos lo que en el ámbito internacional rige para guiarnos por las Normas Internacionales de Auditoría, al igual que nuestro Código de Ética Profesional, antes local, ahora de la IFAC.
En cuanto a las disposiciones legales que nos rigen, casi imperceptiblemente, de manera paulatina, sin importar el partido político en el gobierno, hemos transitado a lo “recomendado” por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) o el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI).
Las reformas al Código Fiscal de la Federación de 2014 y las de aplicación para 2020 atienden, en buena medida, las recomendaciones del plan de acción BEPS (erosión de la base imponible y traslado de beneficios). La eficiente tecnificación de la “Contabilidad” y el cumplimento tributario; la factura electrónica; los estudios de precios de transferencia o el e-Goverment, son solo algunos de los múltiples ejemplos de esto.
La sociedad unimembre o de un solo integrante, que adoptó en nuestro país la denominación de Sociedad por Acciones Simplificadas (SAS).
La Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI) y las medidas de PLD, sin duda, atienden las recomendaciones del GAFI.
La armonización contable, en la que desde el más pequeño de los municipios hasta el gobierno federal tienen un mismo plan de cuentas, registran bajo los mismos criterios y emiten los mismos informes.
Las disposiciones del Código de Principios y Mejores Prácticas de Gobierno Corporativo que emite el Consejo Coordinador Empresarial, que son obligatorias para las empresas públicas, recomendadas para todas las demás, también tienen su origen en el ámbito internacional.
Todo esto es una breve muestra de que “un mundo nos vigila”; quien no se preocupa por lo que ocurre al otro lado del mundo, debe inquietarse porque los profesionales de otras latitudes del orbe ya son vecinos de tu colonia.
La buena noticia es que la profesión está actualizada, a la vanguardia, en constante transformación. Y, al ritmo de estas modificaciones, adecuaciones, convergencias y adopciones, la Contaduría Pública refrenda su compromiso de modernización y desarrollo continuo en pro de la sociedad a la cual se debe.
C.P.C., M.A. Y M.F. LUIS CARLOS VERVER
Integrante de la Comisión Nacional de Síndicos del Contribuyente del IMCP ververyvargas@hotmail.com