
MENSAJE DE LA PRESIDENCIA
Hace ocho años, en el Diario Oficial de la Federación fue publicada la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI), cuya entrada en vigor se dio a partir de julio de 2013. El propósito de esta ley es combatir los flujos monetarios que se generan de manera ilícita en las organizaciones delincuenciales e, inclusive, empresariales, para proteger el sustema financiero y la economía nacional, estableciendo medidas y procedimientos para prevenir y detectar operacionoes que involucren recursos de procedencia ilícita.
El Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP), a través de su gremio, ha mostrado su compromiso en el conocimiento y aplicación de la ley para la prevención de lavado de dinero; y estamos conscientes de que se debe informar la procedencia de todas las transacciones (transparencia de los recursos), y en especial, de aquellos actos vulnerables y operaciones (desviación de recursos, discrepancia fiscal u otro) que pudiesen ser objeto de la LFPIORPI.
El Contador, como parte de su responsabilidad en el manejo administrativo y financiero, debe participar en el establecimiento de procedimientos y estrategias de control que eviten, en la medida de lo posible, amenazas y delitos contenidos en la LFPIORPI.
Conocedores de las enormes responsabilidades que implica la inobservancia de esta ley y sus respectivas multas y sanciones, desde hace tres años el IMCP creó la certificación en dicha ley, con el objetivo de que los Contadores certificados en esta materia puedan brindar un servicio acorde a las necesidades que demandan, hoy en día, quienes realizan actividades vulnerables.
Ante esta gran responsabilidad, la presente edición especial de nuestra revista Contaduría Pública está dirigida a que los usuarios y responsables de la aplicación de la LFPIORPI, conozcan sobre sus obligaciones, las visitas de verificación, las actividades vulnerables y la iniciativa de reforma en esta materia, con el fin de contar con los elementos que le permitan estar a la vanguardia en un tema tan relevante.
C.P.C. y Mtra. Diamantina Perales Flores
Presidente del CEN del IMCP
CONTENIDO
DOSSIER
06_ Obligaciones a cargo de quienes realizan actividades vulnerables
12_ Proyecto de adiciones a la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícito
18_ Importancia de la supletoriedad en la Ley Antilavado 20 EBR aplicado a las actividades vulnerables
20_ EBR aplicado a las actividades vulnerable
24 Visitas de verificación en el marco del cumplimiento de las obligaciones antilavado de dinero
28_ Constitución de derechos personales de uso o goce de bienes inmuebles
32_ Actividad vulnerable: préstamos
34_ Recepción de donativos Actividad vulnerable susceptible de financiamiento del terrorismo
40_Vehículos: su comercialización o distribución habitual y su tratamiento en la LFPIORPI
42_Servicios profesionales
44_Metales preciosos, piedras preciosas, joyas o relojes
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