C.P. y M.A. Gabino Olais Reyes
Gerente de Auditoría Gubernamental en Asgo Consultores, S.C.
Afiliado al Colegio de Contadores Públicos del Estado de Guerrero
gabinoolais@hotmail.com
El 31 de diciembre de 2008 fue publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la Ley General de Contabilidad Gubernamental (LGCG), que tiene como objeto establecer los criterios generales que regirán la contabilidad gubernamental y la emisión de la información financiera de los entes públicos, a fin de lograr una adecuada armonización para facilitar el registro y la fiscalización de los activos, pasivos, ingresos y gastos, y, en general, contribuir a medir la eficiencia, eficacia y economía del gasto e ingreso públicos
La presente ley es de observancia obligatoria para los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la Federación, entidades federativas, los ayuntamientos de los municipios, los órganos político-administrativos de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal, las entidades de la administración pública paraestatal —ya sean federales, estatales o municipales—, y los órganos autónomos federales y estatales.
El Consejo Nacional de Armonización Contable (CONAC) es el órgano de coordinación que tiene por objeto la emisión de las normas contables y lineamientos para la generación de información financiera que aplicarán los entes públicos.
El 12 de noviembre de 2012, fue publicada en el DOF la última modificación, dando, de esta manera, respuesta a una prioridad compartida por los órdenes de gobierno comprometidos con la transparencia y rendición de cuentas, lo que implica la adopción de un modelo contable promotor de mejores prácticas nacionales e internacionales, entre otros elementos, el devengado contable como base para el registro y tratamiento de los actos económico-financieros, el reconocimiento de los activos, pasivos, ingresos y gastos públicos, el patrimonio del estado y la aplicación de postulados básicos de contabilidad gubernamental.
Por otra parte, por primera vez se busca que la información contable mantenga congruencia con la información presupuestaria, con esta característica, los sistemas contables podrán emitir, en tiempo real, estados financieros, de ejecución presupuestaria y otra información que coadyuve a la toma de decisiones, a la transparencia, a la programación con base en resultados, a la evaluación y a la rendición de cuentas. Asimismo, los sistemas contables permiten que los registros se realicen con base acumulativa para la integración de la información financiera, así como un registro y control de inventarios de los bienes muebles e inmuebles.
Asimismo, se considera que la cuenta pública informa no solo al Congreso de la Unión, y a las legislaturas de los Estados, sino también a la sociedad en general, además de incluir, con base en indicadores, los resultados de la evaluación del desempeño de los programas federales, estatales y municipales.
La última reforma realizada da énfasis a la información y transparencia en materia contable y presupuestaria de los entes públicos de los tres órdenes de gobierno y los obliga a difundir la información que generen, al menos, trimestralmente en sus respectivas páginas electrónicas de Internet.
La LGCG contempla sanciones que se impondrán en caso de que se incumpla con lo dispuesto en la misma. En particular y con independencia de las faltas administrativas o delitos que se pudieran configurar en el marco de otras disposiciones aplicables, se establece un catálogo de conductas sancionables.
El arranque de la presente administración federal, desde mi punto de vista, ha sido muy acertado al impulsar la autonomía constitucional al Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (IFAI), reformas a la Ley Orgánica de la Administración Pública y la propuesta de la Comisión Nacional Anticorrupción que junto con la Ley General de Contabilidad Gubernamental sirvan de candados para reducir la corrupción que tanto afecta al desarrollo de este país.