C.P.C. Joel Álvarez Bautista
Catedrático y Titular de la Licenciatura en Finanzas y Contaduría en la Universidad Anáhuac México Sur
Otorgar donativos a asociaciones y sociedades civiles, se ha convertido en una práctica habitual para deducir gastos para efectos del impuesto sobre la renta, aunque en los últimos años el monto deducible ha sido limitado a un porcentaje de la utilidad fiscal.
Pero, ¿cómo se constituye una empresa que esté autorizada para recibir donativos deducibles del impuesto sobre la renta?
En primer lugar, es necesario constituir la organización civil o celebrar el contrato de fideicomiso, cuyo objeto social o fin se ubique entre las actividades que pueden ser autorizadas para recibir donativos deducibles, así como que cumplan con los requisitos previstos en la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR).
Las actividades por las que una organización puede solicitar autorización para recibir donativos deducibles, entre otras, son las siguientes:
- Asistenciales.
- Educativas.
- Investigación científica o tecnológica.
- Culturales.
- Ecológicas.
- Preservación de especies en peligro de extinción.
- Apoyo económico.
- Escuela-empresa.
- Obras y servicios públicos.
Un requisito indispensable para las organizaciones civiles o fideicomisos, en el otorgamiento de la autorización para recibir donativos deducibles del impuesto sobre la renta, es la obtención de un documento emitido por una entidad gubernamental competente, según el tipo de objeto social que desarrollen, en el cual esta entidad señale “que conoce y le conste que la organización realiza actividades o fines por los que solicitará autorización para recibir donativos deducibles”.
Un ejemplo del documento señalado en el párrafo anterior, con el cual las organizaciones pueden acreditar o comprobar que su objeto social sí corresponde a las actividades susceptibles de ser autorizadas como una donataria, puede ser de la siguiente manera: