L.C., A.C. y E.I. Héctor Torres Sánchez/Integrante de la Comisión de Ética y Responsabilidad Profesional del Colegio de Contadores Públicos de MéxicoLíder de la Carrera de Contaduría Pública/EBC Tlalnepantla/h.torres@ebc.edu.mx
Una recomendación, desde hace muchos años, por parte de la profesión organizada a las Instituciones de Educación Superior (IES) que imparten la carrera de Contaduría Pública, respecto de sus planes de estudio, es la inclusión de, por lo menos, un curso de ética profesional
Esas recomendaciones, en muchos casos, surtieron efectos, pero a la vuelta de otra revisión, varias instituciones han vuelto a dejar fuera de sus currícula a la ética profesional como asignatura. Sobre este aspecto existen diversas posturas:
- Hay quienes piensan que la ética profesional debe darse por parte de todos los Contadores que colaboran en la formación de los estudiantes, y eso es cierto, de hecho, se reconoce como una obligación del Contador Público docente actuar apegado a la ética, fomentar el respeto a los colegas y a las instituciones que nos agrupan, aspecto previsto en la Parte D del Código de Ética Profesional.
- Otra posición es de quienes asumen que la ética se ha abordado durante la educación media superior; sin embargo, esa ética es general, de hecho, a veces el contraste de diversas corrientes del pensamiento en la materia suele confundir la postura que debería tener el estudiante al respecto y, evidentemente no trata la materia del ejercicio profesional del Contador Público.
- En unos planes de estudio la ética profesional se incluye como un tema dentro de alguno de los cursos de auditoría. En otros como una asignatura complementaria, pero con un enfoque completamente humanístico.
- En algunas ocasiones se ha cuestionado la posibilidad de reflejar, como resultado de un curso de ética, una calificación objetiva, pues se le atribuye el hecho de que “la ética no se puede evaluar”; y si no tiene esa característica ¿cómo se comprende que pueda tener un espacio en la currícula de la formación profesional?
Sin embargo, existen muchos argumentos que fortalecen la propuesta de la inclusión de la ética profesional en la formación universitaria de los futuros Contadores Públicos.
El Código de Ética Profesional del Instituto Mexicano de Contadores Públicos señala en la Parte A, que el enfoque del Marco Conceptual es tal, que debe permitir al Contador Público identificar las potenciales amenazas al cumplimiento de los Principios Fundamentales; una vez identificadas, evaluar el nivel de las mismas y aplicar salvaguardas para eliminarlas o reducirlas a un nivel aceptable, ¿cómo podría tenerse esta capacidad si no se conoce el planteamiento del aspecto conceptual del Código? Si bien todos los Contadores Públicos que participan en la formación de los prospectos de profesionales deben actuar apegados al Código de Ética, también es cierto que esa conducta, por sí sola, no podría llevar a los estudiantes a desarrollar esa competencia que señala de forma explícita el Marco Conceptual.
Un curso de ética profesional a nivel de la educación superior puede tener como antecedentes en el plan de estudios, los cursos de ética con un planteamiento filosófico y general, pero esa secuencia debe culminar necesariamente con un curso que aborde de forma específica los contenidos del Código de Ética y su Marco Conceptual aplicado a los diferentes ámbitos de ejercicio del Contador Público, impartido, por supuesto, por un profesional de la Contaduría con la experiencia y dominio de esos contenidos.
El planteamiento del Código de Ética Profesional no está enfocado de forma privativa en el ejercicio del Contador Público Independiente, y menos reservada a aspectos de los servicios de auditoría; además, el alcance de todos los aspectos incluidos en este, hacen incompatible que se mantenga solo como un limitado tema de un programa académico de alguna de las asignaturas de auditoría.
Si fuera el caso de que la ética no se puede evaluar, no se trata de asignar una valoración objetiva a las conductas externas observables de los individuos, sino de valorar el conocimiento, la capacidad de conocer, de identificar, de aplicar los elementos contenidos en el Código, a casos concretos, extraídos de la práctica profesional; justo como se hace con otras ramas del conocimiento de la Contaduría. Esta postura se defiende al tener presente que tanto el Examen General de Egreso de Licenciatura de la carrera, que aplica CENEVAL, como el Examen Uniforme de Certificación a cargo del Instituto Mexicano de Contadores Públicos, incluyen la evaluación como área del conocimiento, de la ética profesional.
Otro aspecto que refuerza la necesidad de contar con elementos sólidos de la formación en la materia se ven reflejados en los cambios incluidos, ya que a partir de este año, en la actual Norma de Desarrollo Profesional Continuo (NDPC que reemplazó a la anterior Norma de Educación Profesional Continua), se señalan como obligatorios cinco puntos anuales mínimos relacionados con la ética profesional o con la Norma de Control de Calidad.
La ética profesional debe reflejar el compromiso de la profesión de actuar para el interés público (entendiéndolo como el beneficio colectivo); lo cual se materializa cuando el Contador Público desempeña su actuación profesional observando los Principios Fundamentales (Integridad, Objetividad, Diligencia y Competencia Profesional, Confidencialidad y Comportamiento Profesional) que están llevados, textualmente, a un nivel de deber por el propio ordenamiento; cuyo cumplimiento pudiera verse afectado por hechos o circunstancias definidos como amenazas; que debemos tener la capacidad de juicio para identificar, evaluar su nivel y, en su caso, aplicar salvaguardas para eliminarlas o reducirlas a un nivel aceptable. Todo lo cual explica un carácter completamente preventivo del Código de Ética. Comprender su funcionamiento es un imperativo del profesional de la Contaduría Pública al que, dudosamente, se podría aproximar si no se le instruye en la formación universitaria en la materia.
El nivel de compromiso de nuestra profesión con la sociedad es muy alto, reconocer la trascendencia que tiene en ello la actuación con ética resulta indispensable e impostergable.