C.P.C. FranCisCo Álvarez romero
Socio decano de HLB Lebrija Álvarez y Cía.
Integrante de la Comisión Técnica de Calidad del IMCP
franko.ar09@gmail.com
Síntesis
Parece que fue ayer cuando un grupo de colegas y buenos amigos iniciamos con gran entusiasmo los trabajos que finalmente conformarían la Norma
de Revisión del Sistema de Control de Calidad y, sin embargo, han transcurrido 3,650 días, pues en este agosto nuestra norma cumple 10 años de haber sido promulgada, de luchar por su aceptación y de ir abatiendo, poco a poco, su impopularidad.
Como dice el dicho: “A fuerza ni los zapatos entran”, este fue el sentimiento que se percibió en las conferencias que se impartieron en las distintas Federadas al IMCP, durante el proceso de auscultación de esa nueva e impopular normatividad, ya que en todas se percibía el descontento, el coraje, el malestar, el reclamo y el rechazo total de dicha normatividad, argumentando que la pérdida de credibilidad en los servicios profesionales independientes, se había originado fuera de nuestro país y con la participación, especialmente, de una de las firmas más grandes del mundo, por lo que el IMCP no tenía ningún derecho a dudar de la correcta aplicación de la normatividad que se debía observar en los diversos trabajos profesionales que se llevaban a cabo, y tal indignación provocó en algunas Federadas, agresiones e insultos a los expositores, todos ellos miembros fundadores de la Comisión Técnica de Calidad.
El proceso de auscultación terminó el 30 de septiembre de 2009, habiéndose recibido una respuesta excepcional para un proceso de esta naturaleza, señalando que esta importante participación obedeció, en buena parte, al desarrollo del proceso de difusión que se llevó acabo en más de 20 foros de auscultación en diferentes lugares de la república.
Es importante señalar que dentro de las solicitudes recibidas durante el proceso de auscultación, se aceptó que la vigencia de la Norma de Revisión de Control de Calidad (NRCC) iniciaría a partir del primero de enero de 2011, con el propósito de permitir que, durante 2010, se lograra documentar adecuadamente cada uno de los seis elementos que conforman el sistema de control de calidad de las firmas, y que requiere la Norma de Control de Calidad (NCC), que entró en vigor el 1 de enero de 2010.
Esto permitiría que, al mismo tiempo, las firmas pudieran monitorear que las políticas y procedimientos establecidos en su sistema de control de calidad estuvieran operando en la forma en la cual fueron diseñadas, antes de que dicho sistema fuera sujeto a un sistema de revisión. Adicionalmente, se solicitó que junto con la Norma de Revisión de Control de Calidad (NRCC) se publicara el Reglamento de la misma, lo cual se llevó a cabo y se publicó de manera conjunta.
Es muy lamentable reconocer que la cultura de participación en el proceso de auscultación, en nuestro país ha sido, es y seguramente seguirá siendo muy pobre, sin embargo, como ya se comentó, en el caso de la NRCC, la respuesta fue muy importante y me atrevo a decir que, probablemente, según recuerdo, sea la normatividad con mayor participación en este proceso y que conste, en mi caso, como decía el Tío Gamboín: “si te acuerdas de mí es que ya estás ruco”.
Aunque también sería injusto no reconocer lo novedoso del tema, lo cual provocó la realización de los múltiples foros de auscultación que se realizaron en todo el país para divulgar y despertar el interés y la comprensión de su importancia y trascendencia para nuestra profesión.
Finalmente, y después de un intenso trabajo, el 18 de agosto de 2010, el IMCP en el Folio 91/2009-2010, dio a conocer a los Cuerpos Directivos de los Colegios Federados y a la membresía en general, la Norma de Revisión del Sistema de Control de Calidad Aplicable a las Firmas de Contadores Públicos que desempeñan Auditorías y Revisiones de Información Financiera, Trabajos para Atestiguar y Otros Servicios Relacionados, la cual fue aprobada por el Comité Ejecutivo Nacional (CEN) en su sesión del 28 de mayo de 2010.
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