Ante la emergencia sanitaria en nuestro país por COVID-19, considerando las afectaciones que esta situación ha representado en la economía nacional y con el fin de contrarrestar estos efectos en la operación de las empresas, en la sesión del 25 de marzo de 2020 del H. Consejo de Administración de Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) se aprobó la implementación de un paquete amplio de medidas de protección dirigido a las y los trabajadores y los empleadores, sobre todo Pequeñas y Medianas Empresas (PyME).
El 22 de abril de 2020 la Administración del Infonavit sometió a aprobación del Consejo las especificaciones respecto a las medidas de protección para empresas aportantes, que se pusieron a disposición de los patrones el 27 de abril y pueden solicitarse en el Portal Empresarial del Instituto: empresarios.infonavit.org.mx.
En cuanto a la protección para fuentes de empleo y el pago de obligaciones patronales, principalmente, existen dos medidas de apoyo:
1. Suspensión de plazos legales para acciones de recaudación y fiscalización
Esta medida aplica a partir del lunes 4 de mayo de 2020, fecha en la que fue publicado el Aviso de Suspensión en el Diario Oficial de la Federación, y estará vigente hasta que el Instituto publique en el mismo medio el levantamiento de la suspensión. Comprende las siguientes acciones:
- Las de fiscalización realizadas por el Infonavit (auditorías).
- Las acciones recaudatorias y del Procedimiento Administrativo de
Ejecución emprendidas por el Instituto.
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