Las deducciones personales y estímulos fiscales aplicables a la declaración anual de los contribuyentes personas físicas no sufrieron modificaciones o novedades para 2018; sin embargo, vale la pena mostrar un ejemplo que contemple la mecánica de determinación.
Planteamiento
El contribuyente tributa bajo el régimen de asimilados a salarios. Se proporcionan los datos mínimos requeridos para determinar el monto de las deducciones personales en 2018, a saber: i) ingresos de 2018 y 2017 y, ii) erogaciones que realizó en 2018.
Se requiere efectuar algunas precisiones:
⚫ La cónyuge no percibe ingresos, por lo que el contribuyente podrá deducirlos.1
⚫ Durante 2018 se requirió de servicios funerarios que se habían pagado con anterioridad.
⚫ El monto del crédito hipotecario asciende a $5,679,000 (sobrepasando el límite de 750,000 UDIS (al 1 de octubre de 2018UDI=$6.1079=$4,580,925, por lo que la deducción se hará de manera proporcional a 80.66%, que resulta de dividir $4,580,925 entre $5,679,000).
⚫ Los donativos se entregaron a diversas instituciones de asistencia privada que fueron autorizadas por el SAT para recibir donativos deducibles.
Tratándose de ingresos:
2017 | 2018 | |
Salarios | 840,000 | 960,000 |
Herencias | – | 5,800,000 |
Total | 840,000 | 6,760,000 |
Respecto a erogaciones de 2018:
Honorarios médicos de la cónyuge | 33,000 |
Nutriólogo | 2,800 |
Lentes graduados | 4,000 |
Gastos funerarios | 35,000 |
Intereses reales de créditos hipotecarios | 77,000 |
Primas de seguros de gastos médicos | 75,000 |
Transporte escolar obligatorio del hijo | 2,000 |
Donativos realizados | 100,000 |
Aportaciones complementarias de retiro | 140,000 |
Cuenta personal para el ahorro | 200,000 |
Colegiatura hijo (primaria) | 30,000 |
Total | 698,800 |
De acuerdo con lo anterior, las cantidades que son deducibles se calculan de la siguiente manera:
- Conceptos que, en su conjunto, tienen como tope el equivalente a 15% de los ingresos anuales, sin que ello exceda $147,095, que corresponden a 5 UMA ($80.6*5*365).
- Para estas erogaciones primero deben calcularse los topes que la LISR establece y después adicionarse en su conjunto para determinar el monto total deducible.
Conceptos con un monto máximo en conjunto | Tope | |
Honorarios médicos | 33,000 | |
Nutriólogo | 2,800 | |
Lentes graduados | 2,500 | $2,500 |
Gastos funerarios | 29,419 | 1 UMA |
Intereses reales de créditos hipotecarios | 62,108 | $77,000 * 80.66% |
Primas de seguros de gastos médicos | 75,000 | Sin tope |
Transporte escolar obligatorio del hijo | 2,000 | Sin tope |
Sumatoria | 206,827 |
Los $206,827 corresponden al total deducible respetando cada uno de los topes atendiendo a cada concepto, pero aún debe determinarse el monto que sí puede disminuirse de los ingresos acumulables, a saber:
Ingresos anuales | 6,760,000 | |
15% de los ingresos anuales | 1,014,000 | |
vs | 5 UMA anuales | 147,095 |
A | Máximo deducible por estos conceptos | 147,095 |
- Los conceptos siguientes deben cumplir su propia regla, pero no están limitadas respecto a un total:
Conceptos que deben cumplir sus propios límites | Tope | |
Donativos realizados | 58,800 | 7% del ingreso acumulable de 2017 |
Aportaciones complementarias de retiro | 96,000 | 10% IA o 5 UMA |
Cuenta personal para el ahorro | 152,000 | $152,000 |
Colegiatura hijo (primaria) | 12,900 | Primaria: $12,900 |
B Sumatoria | 319,700 |
- La suma resultante de A+B es el monto de las deducciones personales y estímulos fiscales que el contribuyente podrá disminuir en su declaración anual para así aplicar la tarifa:
A | Conceptos determinados en su conjunto | 147,095 |
B | Conceptos que cumplen su propia regla | 319,700 |
= A + B | Deducciones personales y estímulos fiscales | 466,795 |
Una vez determinado este monto, tendrá que compararse contra los umbrales correspondientes por conceptos específicos, a saber:
⚫ Los donativos tienen el tope de 7% de los ingresos acumulables del año anterior (840,000*7%).
⚫ La cuenta personal para el ahorro 2018 es de $152,000, aunque se erogaron$200,000 su aplicación está topada.
El contribuyente podrá disminuir $466,795 de su ingreso acumulable; no obstante que erogó durante el ejercicio un total de $698,800.
Conclusión
La importancia de conocer las reglas aplicables a cada uno de los conceptos conocidos como “deducciones personales” y “estímulos fiscales” consiste en aprovechar al máximo los atributos que tiene cada persona física, a efecto de tributar correctamente en lo que respecta a los ingresos acumulables del ejercicio.
Mtro. Adrián Urbina Galicia
Catedrático del Departamento Académico de Contabilidad del ITAM
adrian.urbina.galicia@itam.mx